Por años y equivocadamente, los presidentes de este país se han dejado chantajear por las interpretaciones torcidas de las gavillas, política y mediática, las que constantemente conspiran contra la legalidad absoluta y encarnada en quien ejerza la presidencia de la República.

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Muchos, nunca lo han notado. Pero, desde el momento que el Congreso Nacional y como tal, sanciona favorablemente todos los actos de administración del gobierno durante un lapso de doce meses, automáticamente desaparece de los mismos cualquier tipo de posibilidad o de irregularidad de la naturaleza que sea y que políticamente se insista en pretender endilgar.

            De ahí, de lo decididamente importante, de que el presidente de la República en ejercicio, le dé seguimiento al depósito de todas las  memorias anuales que sobre el quehacer administrativo del Estado  haya presentado cada 27 de febrero ante la reunión conjunta de las cámaras legislativas en el salón de la Asamblea Nacional, pues desde el momento que senadores y diputados y por mayoría simple, sancionan favorablemente esos informes y memorias, no existe posibilidad legal alguna para endilgarle la comisión de algún acto de administración que pudiera ser entendido reprochable o corrupto.

            Sin embargo, este paso legal constitucional que está en el ordenamiento de la misma Constitución de la República, el presidente en ejercicio y en particular desde los últimos 21 años,cada uno han sido víctimas de descalificaciones abusivas como destempladas y de enorme matiz chantajista y por parte de toda una gavilla política y mediática que hasta ahora, sus miembros no han sabido interpretar correctamente los mandatos constitucionales.

            Desde luego, la situación de rescate moral, jurídico e institucional que se produce automáticamente con la aprobación legislativa sobre las memorias depositadas por el primer magistrado de la nación, no abarca al funcionariado desde ministro de Estado para abajo y sí solo a nivel presidencial, razón por la cual, todo ex presidente constitucional de la República, jurídicamente hablando en materia constitucionalista, está eximido de acusación alguna  sobre la comisión de actos ilícitos, administrativamente inmorales o de doble conducta moral o de corrupción a secas que posteriormente a la aprobación legislativa se le quisiera presentar.

            Lo que ha ocurrido, es que presidentes como Leonel Fernández e Hipólito Mejía, han caído en el error de percepción, de hacerle el juego a sus adversarios y enemigos políticos y a sus críticos mediáticos, a estos confundir maliciosamente las actuaciones presidenciales y generalizando con imputaciones aleves todos sus actos de administración y quienes bajo el efecto o manipulación artera de las gavillas políticas y mediáticas, no se han detenido ni por un momento y menos sus asistentes legales y constitucionalistas, a deparar, que por cada año transcurrido de las memorias presidenciales de Estado y que hubiesen sido refrendadas por el Congreso Nacional, nadie puede imputarles ningún tipo de comisión de hecho doloso, vil o corruptor en su ejercicio de jefe de Estado y de Gobierno.

            En este sentido, a los ex presidentes Fernández y Mejía e igual el actual presidente de la Republica, Danilo Medina Sánchez,  respecto a su primer periodo de gobierno, les bastaría con solicitar una certificación del Congreso Nacional vía la presidencia del Senado de la República, en la que se les certifique  los años de ejercicio fundamentados en las memorias presidenciales entregadas y discutidas y aprobadas por los legisladores, para que a lo inmediato esa certificación le pueda ser impuesta constitucionalmente a todo intento de ataque, distracción, imputación o acusación moral de la índole que sea, que sobre sus respectivas actuaciones constitucionales como gobernantes se les quisieran efectuar e incluso, la certificación legislativa tiene un poder y autoridad tales, que ni siquiera el Tribunal Constitucional podría variarla y sí refrendarla favorablemente.

            Hasta ahora y salvo POR EL OJO DE LA CERRADURA nadie más ha reparado en esta situación legal y legítima que acompaña la certificación legislativa que sanciona como correctas las actuaciones presidenciales en determinado años de gobierno y porque siempre ha habido una interpretación torcida y totalmente inconstitucional, los presidentes de la República y en la generalidad de los casos, se han dejado chantajear por sus adversarios y enemigos y no obstante, habiendo sido ellos liberados por una certificación congresional, de que sus actos de administración han sido correctos y limpios de imputaciones desordenadas de alguna especie.

            Por eso, si los ex presidentes Fernández y Mejía y el presidente Medina Sánchez con relación a su primer periodo (2012-2016) presentan sus respectivas certificaciones del Congreso Nacional en las que se les señale que los cuerpos legislativos no encontraron nada vergonzoso, inmoral o reprochable en sus memorias anuales de actos de administración, los tres, se encontrarían en la óptima condición, de que nunca podrían ser atacados por los actos de administración que el Congreso Nacional hubiese sancionado como correctos y sanos.

            Si se toma en cuenta esta interpretación jurídica constitucional que formulamos, nadie en este país podría acusar a Fernández o al mismo Mejía y tampoco a Medina Sánchez, como autores de actos de corrupción de la naturaleza que fuere durante sus respectivos mandatos constitucionales y lo que desde luego, no abarca a los miembros del funcionariado, quienes sí están sujetos a cualquier tipo de indagatoria y en todo tiempo y momento luego de haber cesado en sus respectivos cargos de administración y que es el factor que pusieron en ejecución y son de su responsabilidad personal, sobre las interpretaciones jurídicas de administración  respecto a los actos que el Poder Ejecutivo enumeró en sus memorias de Estado cada 27 de febrero.

            En consecuencia y al llegar a esta interpretación correcta de las leyes y la Constitución de la República, los expresidentes Fernández y Mejía y el presidente Medina Sánchez respecto a su primer periodo de gobierno, son ciudadanos libres de cualquier tipo de acusación reprochable sobre sus actos de administración y porque tal procedimiento descansa en un hecho incontrovertible e inmutable: La presidencia de la República, por sí misma, nunca comete vilezas ni acciones que violen la Constitución de la República y que es el factor  en el que descansa para su incumbente, su legalidad y legitimidad de gobernante y por la determinante razón, de que así como el presidente en ejercicio es inatacable penal y civilmente mientras sea presidente de la República, luego y en base al certificado constitucional congresional, nadie dentro del mundo político y el mediático podría acusar a ningún ex presidente constitucional, de nada desdoroso y menos, de haber cometido actos punibles contra las leyes y los fueros constitucionales.

            En base a este razonamiento, que es producto de un análisis de interpretación constitucional respecto al alcance legal y legítimo de la certificación congresional en cuanto a los actos de administración aprobados por el Poder Legislativo, no hay forma alguna, de que a ningún ex presidente constitucional se le pudiera llevar al banquillo de los acusados sobre acusaciones posteriores respecto a los actos de administración que la certificación congresional especifique que fueron estudiados, discutidos y analizados y al final aprobados sin ningún tipo de interrogantes.

            Naturalmente, comprendemos que esta interpretación constitucional, choca con las ideas y criterios subjetivos de las gavillas políticas y mediáticas, pero estamos seguros, que si cada quien efectúa el mismo estudio que nosotros hemos hecho, terminarían por comprender, que la presidencia de la República y en esencia, siempre está libre de acusación o señalamiento que afecte la integridad moral y jurídica de la presidencia de la República como tal.

            Al mismo tiempo y ha razonamiento a contrario, del estudio e interpretación que hemos hecho, observamos también, que los integrantes del Poder Legislativo no se han liberado así mismos ninguna certificación de actuación correcta sobre la administración de su respectivo año en ejercicio y lo que les coloca en desventaja ante el Poder Ejecutivo, en tanto el Poder Judicial y con todo que se entiende es un poder inter dependiente del Estado, al presentar vía el Poder Ejecutivo, sus memorias anuales, queda favorecido por la certificación sobre buena administración correcta del Estado y al que tampoco, a su presidencia se le podría imputar la comisión de hechos sancionados por la Constitución y las leyes.

            Todavía más, como no conocemos de ningún tipo de certificación que el Poder Legislativo haya podido librarse así mismo, ello obliga a que se entienda, que lo que queda en pie, sería el modo de como los integrantes del Poder Legislativo podrían obtener su certificación de resultados y ante lo cual, entendemos que debería ser por vía de un comité de trabajo formado por la Cámara de Cuentas, la Contraloría General de la República y un representante  calificado del Poder Judicial, pues hasta que esto no ocurra, todo senador o diputado o ex senador o ex diputado, jurídicamente hablando, es susceptible de ser investigado exhaustivamente sobre este particular. 

            Asumimos pues, que ante lo que entendemos terminará siendo una nueva doctrina de pensamiento jurídico y político, los miembros de todos los poderes públicos existentes, tomarán para sí e iniciarán los estudios de lugar, para que lo planteado adquiera la condición pública de ser un mandato originado en la creación de la Constitución de la República en sus inicios en noviembre de 1844 y proclamada el día seis de ese año y lo que sin duda alguna, significará una singular toma de conciencia y respecto a que durante los últimos 173 años, la discusión política y la manipulación mediática han sido llevadas a niveles insospechados totalmente contrarios al pensamiento original y exegético de los padres legisladores de 1844.   

            Y por lo que, en aras de la verdad y la corrección política constitucional, decimos, que por años y equivocadamente, los presidentes de este país se han dejado chantajear por las interpretaciones torcidas de las gavillas política y mediática, las que constantemente conspiran contra la legalidad absoluta y encarnada en quien ejerza la presidencia de la República.  Con Dios.  [DAG. Lunes, 04 de diciembre de 2017. Año XV. Número 6,109]