El gozo por ver a gente presa

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Con la libertad bajo fianza de José Ramón Peralta, último de los implicados en el caso Calamar, no queda preso ninguno de los implicados en expedientes anticorrupción con nombres de especies marinas (pulpo, caracol, coral, medusa).

La aspiración es que ya, con todos esos imputados en sus casas, se les quite espectacularidad mediática y que en los procesos judiciales impere lo que manda el artículo 69 de nuestra Carta Magna, que reivindica la presunción de inocencia mientras no se haya declarado culpabilidad por sentencia irrevocable.

En el caso de Peralta y en anteriores sentencias, los jueces, que aguardaron con algunos imputados hasta 18 meses para dictar el arresto domiciliario, reconocen que no presentan peligro de fuga por arraigo y porque siempre, antes de la acusación, respondieron a los requerimientos del Ministerio Público.

Podría prestarse esta situación, al estar cada uno en su residencia, a que cambie el modus operandi, casi un guion: caso complejo y 18 meses de prisión preventiva, cuando jueces y Ministerio Público debieran ser los primeros en conocer que la presunción de inocencia es un punto nodal del derecho, un principio casi sagrado custodiado por garantías constitucionales.

Talvez que no queden presos obedezca a que los plazos legales perimieron y a que no exista resquicio legal alguno que justifique el encierro, pero ojalá que desde ahora la tarea judicial ponga el acento en cumplir con el debido proceso y el respeto escrupuloso a la dignidad de los investigados.

De la ecuación Ministerio Público-Jueces-Expedientes de corrupción, debiera eliminarse la bulla callejera y también tener corruptos favoritos de antemano, porque lo único que arroja es descreimiento y desconfianza, y no beneficia a la lucha contra la impunidad ni al adecentamiento de la vida pública.

Quizá sea el momento, sin ninguna figura “estelar” tras las rejas, de enderezar el rumbo y que se haga conciencia de que nada puede violar más las garantías que el Ministerio Público debe ofrecer a un encausado que la exposición mediática, que alienta el morbo y genera una condena social anticipada sin tener en cuenta los argumentos de defensa ni apoyarse en pruebas irrefutables.

Esto vale también para jueces complacientes o temerosos, que permiten medidas de coerción semejantes a juicios de fondo, con el agravante de que sus decisiones concuerdan casi siempre con las previamente dictadas por el “tribunal callejero”.[redacción-EC]