Video: Llegada de Donald y Peralta al tribunal donde apelarán coerción

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Video: Llegada de Donald y Peralta al tribunal donde apelarán coerción

Los exministros de Hacienda, Donald Guerrero, y de la Presidencia, José Ramón Peralta, ya se encuentran en la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, donde buscarán este jueves la variación de la medida cautelar que les fue impuesta el 4 de abril pasado por su presunta vinculación en el caso Operación Calamar.

Ambos exfuncionarios, llegaron al tribunal bajo estrictas medidas de seguridad desde el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres, en San Cristóbal, lugar en el que cumplen 18 meses de prisión preventiva.

El expediente de la Operación Calamar posee más de tres mil páginas y más de 1,200 elementos de pruebas, las cuales detallan cómo los miembros de esta red sustrajeron más de 17 mil millones de pesos al Estado, los cuales, sumados a unos 2,100 millones en deuda administrativas, totalizan más de 19 mil millones. 

De los 20 señalados en el expediente presentado por el órgano acusador, los imputados Ángel Lockward, Alejandro Constanzo, Roberto Santiago Moquete, Marcial Reyes, Ana Linda Fernández, Emir Fernández de Paola, Oscar Chalas Guerrero, Rafael Parmenio Rodríguez, Agustín Mejía Ávila y Víctor Matías Encarnación, admitieron su participación en esta estructura de corrupción desarticulada en la Operación Calamar. 

Junto a los imputados antes mencionados, en el expediente también figuran el exministro de Obras Públicas, Gonzalo Castillo; el ex contralor general de la República, Daniel Omar Caamaño; el exdirector del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), Luis Miguel Piccirilo; el exdirector de Catastro Nacional, Claudio Silver Peña, y los exdirectores de Casinos y Juego de Azar, Oscar Chalas Guerrero y Julián Omar Fernández. 

También, Yahaira Brito Encarnación, Aldo Antonio Gerbasi y Ramón David Hernández. 

La imputación preliminar del Ministerio Público en contra de los procesados incluye conductas tipificadas en el artículo 146 de la Constitución de la República, así como los artículos 123, 166, 171, 172, 174, 175, 177, 265, 266, y 405 del Código Penal. 

Igualmente, violaciones a las leyes 448-06 y 311-14, además de la Ley 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, y la Ley 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos. 

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Fuente: Hoy