Yohan López asume como presidente del CARD mientras otra facción apodera impugnación al TSE

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Yohan López asume como presidente del CARD mientras otra facción apodera impugnación al TSE

Yohan López, asumió este martes el puesto de nuevo presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), en la misma, afirmó que el Tribunal Superior Electoral (TSE) no ordenó un reconteo de votos, sino separación de votos.

“Es bueno hacer una consideración o puntualización en torno a lo que fue la decisión del pasado viernes, y es que el tribunal no ordenó reconteo de los votos, ordenó separación de votos, y la separación de votos es una simple lectura del conteo de manera particular de uno u otro candidato, que sin lugar a dudas nos permite en la mañana de hoy hacer este llamado de unidad de la clase jurídica dominicana”, declaró.

Dicha situación obligó a que el Tribunal Superior Electoral (TSE) ordenara al Colegio de Abogados, a través de su Comisión Electoral, la realización de un nuevo conteo de los votos emitidos en la elección celebrada el 2 de diciembre de 2023. Consideraron que los votos deberían ser computados de manera separada, quedando vigente sólo los acuerdos regularmente aprobados.

En su primer acto como presidente del Colegio de Abogados agradeció al pueblo y a los abogados que se mantuvieron al tanto de toda la situación y en como acto de gratitud dijo “crearé los cambios que requieren la clase jurídica dominicana”.

Impugnación

El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) interpuso un recurso de revisión constitucional en contra de la sentencia emitida por el Tribunal Superior Electoral que anuló la proclamación de Trajano Vidal Potentini como ganador de las elecciones del Colegio de Abogados celebradas el 2 de diciembre del 2023.

Una comisión de juristas miembros del Card, encabezada por Miguel Surun Hernández, explicó que con esta decisión el Tribunal Superior Electoral violó su competencia contenida en el artículo 214 de la Constitución, que consagra que el Tribunal Superior Electoral sólo es competente para tratar los conflictos atinentes a partidos políticos, por lo que han incurrido en prevaricación judicial para favorecer a sectores del PRM, en violación a su propia Ley Orgánica la 29-11 y de la Ley 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional.

También han violentado cientos de precedentes del Tribunal Constitucional y del propio Tribunal Superior Electoral que consagran que dicho Tribunal no es competente para conocer asuntos gremiales.

Los juristas solicitaron ante la secretaria del TSE la suspensión inmediata de dicha sentencia, hasta tanto sea conocido dicho recurso de competencia por parte del Tribunal Constitucional.

Fuente: Hoy