¿Proyecto sobre ministerio de Justicia?, ¿Mayor centralización del sistema de Justicia en manos del Poder Ejecutivo?

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Por enmiendas anteriores a la Constitución de la República y en particular, en la etapa de la Era de Trujillo (1930-1961) y todavía tan recién y antes del 1970, el texto constitucional especificaba que la procuraduría general de la República, para fines de los asuntos de justicia, se entendía de hecho como la Secretaría de Estado (Ministerio ahora) de Justicia para fines del gabinete de gobierno.

Sin embargo, después de los años setenta del siglo pasado y específicamente en el 2010 con la nueva versión de amplias enmiendas de la Carta Magna, el ministerio de Justicia de facto  desapareció de hecho con la figura del Consejo del Poder Judicial, que es el órgano que tiene a su cargo y responsabilidad, todo lo relativo al ejercicio del sistema de Justicia y que se desprende del artículo 156, capitulo II del Consejo del Poder Judicial y de acuerdo a la Constitución votada por la Asamblea Nacional en fecha 13 de junio de 2015, contentiva en la gaceta oficial No. 10805 del 10 de julio de 2015 y que es el texto en el que fundamentamos nuestro criterio.

Es decir, y si no atenemos al mandato anterior, no se entiende, que ahora se hable de que el actual Poder Ejecutivo va a presentar un proyecto de ley sobre la creación de un Ministerio de Justicia, cuando las funciones de este, las tiene y abarca el Consejo del Poder Judicial y que, de suceder, habría una duplicación de funciones sobre una misma disposición administrativa del Estado.

Llamamos pues la atención de los legisladores que nos gastamos (todos, súcubos de los partidos que los controlan y todos, siervos de la tiranía partidocrática) para que siquiera por una vez actúen bajo sus propios criterios y en consonancia con los votos de los electores que les designaron y analicen y discutan juiciosamente sobre el proyecto que se les va presentar en la apertura del año legislativo el 27 de este mes y por parte del Poder Ejecutivo y el que de hecho, reina sobre la voluntad del Poder Legislativo, al haberse convertido inconstitucionalmente sus presidentes, en sellos gomígrafos del Gobierno de la República. (DAG-OJO)