InicioECONÓMICASReflexiones sobre el ajuste por inflación del impuesto sobre la renta personal

Reflexiones sobre el ajuste por inflación del impuesto sobre la renta personal

A diferencia de lo que comúnmente se supone, la aplicación legal del ajuste por inflación en los tramos de renta es una práctica poco frecuente en la mayoría de los países

El artículo 296 del Código Tributario establece que las personas naturales pagan el ISR de forma progresiva, con un mínimo de renta exento a partir del cual se aplican tasas de 15%, 20% y 25% por tramos de ingresos, a medida que estos aumentan. Estos tramos de ingresos deben ser ajustados anualmente a la inflación del año anterior, reza el párrafo I del citado artículo.

Sin embargo, a partir del año 2017, las leyes de presupuestos generales del Estado de cada año han pospuesto el ajuste por inflación, manteniendo inalterados los tramos de renta sujetos a las tasas progresivas del ISR personal.

Desde entonces, los ingresos anuales hasta RD$416,220 permanecen exentos de tributación, lo que representa un ingreso mensual de RD$34,685. Por su parte, los ingresos comprendidos entre RD$416,220.01 y RD$624,329.00 están gravados con una tasa del 15%, mientras que aquellos entre RD$624,329.01 y RD$867,123 tributan al 20%. Finalmente, los ingresos superiores a RD$867,123 anuales (equivalentes a RD$72,260.3 mensuales) se encuentran sujetos a una tasa impositiva del 25%.

¿Cuál ha sido el impacto de esta medida?

La inflación acumulada entre 2017 y 2024 ha alcanzado un 44.4%, lo que no se ha reflejado en los tramos de ingresos sujetos al ISR. De haberse actualizado estos valores conforme a la inflación durante este período, la renta mínima anual exenta para el año 2024 sería de RD$593,596.80, equivalente a RD$49,466.40 mensuales. Por su parte, los ingresos anuales superiores a RD$1,248,657.13 estarían sujetos a una tasa impositiva del 25%, correspondiente a RD$104,054.76 mensuales.

De su lado y conforme el boletín estadístico que publica la DGII, desde el punto de vista recaudatorio, mantener fijo los tramos de renta logró el objetivo trazado por el gobierno de mejorar los niveles de recaudación, que se tradujo en:

i) Duplicar el porcentaje de asalariados que pagan ISR, pasando de 12% en 2017 hasta 23% en 2024.

ii) Triplicar la recaudación de ISR asalariados, desde los RD$31,718.0 millones en 2017 hasta los RD$91,424.0 millones en 2024. No obstante, este incremento también se explica por el aumento de la cantidad de personas asalariadas de 2 millones en 2017 a 2.5 millones en 2024.

iii) Duplicar el impuesto promedio anual pagado por asalariado, que pasó desde RD$15,747.2 en 2017 hasta RD$36,043.2 en 2024. Aumentando la tasa efectiva de tributación (TET) de 5.6% a 7.4% en este periodo.

iv) Durante estos ochos años, la recaudación creció un promedio anual de 17%, mientras que el PIB nominal lo hizo a razón de 10% anual, lo que equivale a una elasticidad de 1.6.

¿Cuál es la experiencia internacional?

La mayoría de los países no establecen en su ley de impuesto sobre la renta el ajuste por inflación de los tramos de renta gravados con ISR personal. Conforme a las publicaciones más recientes de la OCDE (Taxing Wages 2025) y el FMI (Fiscal Monitor 2024), de 188 países, solo 16 tienen el ajuste mandatorio de la inflación; entre los que destacan, Austria, Canadá, Costa Rica, Dinamarca, Ecuador, Honduras, Islandia, Países Bajos, Perú, Estados Unidos y Venezuela.

En cuanto a la presión tributaria, los países de la OCDE tienen una tasa efectiva de tributación de 15%, que disminuye a 10% considerando los créditos y deducciones aplicados a las familias con dos hijos. La TET actual del país es similar a las de países como México, Chile o Polonia.

En definitiva, si bien el Estado se ha financiado con los ingresos de los asalariados al no ajustar a la inflación los tramos de ISR personal en los últimos ocho años. También, un impuesto en el que el 90% de la base potencial esté exenta es un impuesto mal diseñado. En este caso, no ajustar a la inflación los tramos de renta ha mejorado la eficiencia recaudatoria, en un escenario donde todavía más del 70% de los asalariados sigue exento del pago del impuesto sobre la renta.

Llegado este punto, es pertinente ponderar cambios en el diseño del ISR personal, que de certeza a los contribuyentes y al gobierno. Como solución a corto plazo, puede contemplarse la planteada por el ministro de Hacienda de aumentar el mínimo exento del impuesto; no obstante, es necesario evaluar una modificación del Código Tributario. Por ejemplo, en lugar de ajustar a la inflación los tramos de renta, que estos aumenten en la misma proporción y frecuencia en que sea incrementado el salario mínimo no sectorizado. (EC-edgar morales perez / OJO)

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