Consumo multa con 30.000 euros a una cadena de supermercados, sin especificar cuál, por el etiquetado irregular de un producto de marca blanca. En concreto, el departamento que dirige Pablo Bustinduy confirma que la compañía permitió que un pan especial se pusiese a la venta con información engañosa. Pero la sanción va mucho más allá de su cuantía económica.
La medida de Consumo establece que las grandes distribuidoras deben responsabilizarse de la información y presentación de los productos que comercializan bajo su propia marca, aunque no participen directamente ni en su fabricación ni en su envasado. El expediente, iniciado tras una denuncia de Facua en 2024, lanza así un mensaje directo al sector de la distribución sobre la obligación de asumir responsabilidades frente al consumidor y no escudarse en terceros fabricantes.
Según ha precisado el Ministerio en un comunicado, la cadena de supermercados ha sido multada con 10.000 euros por la incorrecta denominación de un pan especial, en relación con el porcentaje de harina integral que incluía. Según la normativa vigente, estos productos deben identificar todos los cereales utilizados en su elaboración y no solo uno de ellos, aunque sea integral. En el caso investigado, el envase destacaba únicamente una harina integral y su porcentaje, pese a que también contenía otras harinas refinadas, una práctica permitida en el pan común pero no en los panes especiales.
A estos se suman otros 10.000 euros por no incluir los datos de contacto de la empresa en cuyo nombre se comercializa el producto, ya que que según el Reglamento (UE) 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, la empresa responsable es aquella «con cuyo nombre o razón social se comercialice el alimento», y no el fabricante.
Y otros 10.000 euros más por llevar a engaño al consumidor sobre su cantidad real de cereal integral. Consumo considera que el etiquetado y las imágenes del envase inducían a error al consumidor, al sugerir que el cereal integral representado era el único empleado en la elaboración del producto. Además, la resolución del expediente incluye una sanción accesoria que exige al infractor la rectificación de los incumplimientos identificados en la resolución que pone fin al procedimiento. (La Razón-inma bermejo)





