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Consultoría Jurídica del Ejecutivo reafirma vigencia de ley de Ordenamiento Territorial desde 2022

La ley otorga a los gobiernos locales con más de 15,000 habitantes y capacidad recaudatoria, la facultad de gestionar el uso de suelo y emitir permisos de construcción. La Junta Distrital de Verón–Punta Cana cumple con ambos requisitos

En una carta oficial enviada al director ejecutivo de la Federación Dominicana de Distritos Municipales (Fedodim), Pedro Richardson, la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, dirigida por Antoliano Peralta Romero, confirmó de manera categórica que la Ley 368-22 sobre Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos entró en plena vigencia desde el 24 de diciembre de 2022, fecha establecida tras su publicación en la Gaceta Oficial No. 11092.

Esta comunicación, con fecha de hoy, 3 de julio de 2025, despeja cualquier duda sobre la aplicabilidad de la legislación que ha estado en el centro del conflicto por competencias entre la Junta Distrital de Verón–Punta Cana y el Ayuntamiento de Higüey.

Peralta señala en la misiva que, conforme al artículo 109 de la Constitución y al artículo 1 del Código Civil, “las leyes son obligatorias a partir del segundo día de su publicación en todo el territorio nacional, y que en este caso no hay margen para interpretaciones o postergaciones en su aplicación”.

«La Ley 368-22 entró en vigor tras su promulgación y publicación en la Gaceta Oficial… resultando de obligatorio cumplimiento a partir del 24 de diciembre del 2022», subraya el documento de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.

La confirmación del Poder Ejecutivo revalida los argumentos legales esgrimidos por las autoridades del Distrito Turístico Verón–Punta Cana, que desde mayo pasado rompieron el acuerdo de reparto de arbitrios con Higüey (conocido como «50/50») y asumieron el funcionamiento de su propia Oficina de Planeamiento Urbano, con base precisamente en el artículo 24 de esta ley.

Dicho artículo otorga a los gobiernos locales con más de 15,000 habitantes y capacidad recaudatoria, el derecho a gestionar el uso de suelo y emitir permisos de construcción en su territorio.

  • Con esta postura de la Consultoría Jurídica, se refuerza la interpretación de que Verón–Punta Cana sí está legalmente facultado para gestionar su planeamiento urbano.

Certeza jurídica en medio del conflicto

La carta también aclara que algunos aspectos aún deberán ser precisados mediante un reglamento de aplicación que será emitido próximamente por el Poder Ejecutivo. Sin embargo, advierte que la ley es plenamente vinculante desde su entrada en vigencia.

Este pronunciamiento tiene lugar mientras más de 30 proyectos inmobiliarios permanecen paralizados en Verón debido a que el Ministerio de Vivienda y Edificaciones (Mived) no ha reconocido las certificaciones de uso de suelo emitidas por la Junta Distrital, alegando que la competencia sigue siendo de Higüey.

Con esta declaración oficial desde la Presidencia, el escenario cambia sustancialmente, y podría obligar a las instituciones del Estado a respetar el ámbito de aplicación de la Ley 368-22, tal como ha sido reclamado por Fedodim, empresarios turísticos y las propias autoridades de Verón–Punta Cana. (DL-oq / OJO-jj)

 

 

 

 

 

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