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Corte anula condena de cinco años de prisión a madre de coronel Núñez de Aza. Se reafirman los principios de tutela judicial efectiva, debido proceso y presunción de inocencia

La Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, anula la sentencia que condena a cinco años de prisión a Rosa Antonia Disla, madre del coronel Rafael Núñez de Aza.

El tribunal presidido por tomó la decisión tras acoger un recurso de apelación presentado el 14 de marzo pasado, por los doctores Félix Humberto Portes Núñez y Esthefany Paoly Fernández en representación de Antonia Disla.

En el dispositivo de la sentencia el tribunal de alzada, revocó la sentencia condenatoria del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, y ordenó la celebración de un nuevo juicio, iniciando desde cero, para una nueva valoración de las pruebas aportadas.

Sostiene que la decisión constituye un verdadero acto de justicia, ya que el tribunal reconoció que en la sentencia anulada se cometieron errores graves en la valoración de los hechos y en la aplicación del derecho.

Entre los fundamentos que motivaron la revocación destacan los jueces falta de motivación sobre la supuesta transferencia de fondos y que el tribunal de primer grado nunca explicó de qué manera el hijo de la imputada, Rafael Núñez de Aza, habría entregado dinero a su madre para la adquisición de inmuebles.

Igualmente, destacó la Inexistencia de un “delito precedente” irrevocablemente juzgado, al tiempo que resaltó que Núñez de Aza no cuenta con una condena firme en su contra, lo que imposibilita sustentar un supuesto de lavado de activos sobre hechos aún no declarados probados en justicia, así como error en la fecha de adquisición del inmueble.

Portes Núñez dijo que mientras el Ministerio Público alegaba que la compra se realizó entre 2010 y 2021, se demostró que dicho bien provenía de un contrato de compraventa del año 1997, lo cual desvirtúa la acusación y elimina el vínculo con los hechos investigados.

Con esta decisión, la Corte de Apelación reafirma los principios de tutela judicial efectiva, debido proceso y presunción de inocencia, al establecer que no se pueden atribuir responsabilidades penales sin pruebas claras, directas y suficientes.

También resaltó que este fallo representa no solo un triunfo jurídico, sino también una señal inequívoca de que los errores judiciales deben corregirse en nombre de la justicia y del respeto a los derechos fundamentales.

Cabe destacar que el Tercer Tribunal Colegiado condenó a Antonia Disla, a cinco años de prisión suspendida tras ser encontrada culpable de lavado de activos como parte del entramado de corrupción desmantelado.

De acuerdo con el Ministerio Público, Disla actuó como testaferro de su hijo, gestionando bienes y recursos obtenidos ilícitamente como parte del esquema de corrupción. El coronel Rafael Núñez de Aza, quien era, según la acusación, la cabeza financiera del entramado, es señalado como uno de los principales imputados en el caso Coral y Coral 5G.

Según el órgano acusador, Núñez de Aza forma parte de la red que desvió más de 4,500 millones de pesos del Estado mediante maniobras fraudulentas, como la simulación de contratos, la creación de nóminas irregulares y la malversación de fondos públicos. Parte de los recursos sustraídos se ocultan a través de testaferros, incluyendo a familiares cercanos como su madre, Rosa Antonia Disla.

El tribunal también ordenó el decomiso de una propiedad ubicada en la Autovía del Nordeste, municipio de Sabana Grande de Boya, provincia Monte Plata. La cual, de acuerdo con la tasación presentada por el Ministerio Público, y acogida por el Tercer Tribunal Colegiado, tiene un valor de 474,528 dólares. (LD-rcb / OJO-jj)

 

 

 

 

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