La Presidencia de la República compartió una guía que, según afirma, explica en un lenguaje sencillo algunos de los delitos, cambios y disposiciones incluidos en el nuevo Código Penal que pueden impactar la vida cotidiana, tanto en el hogar como en la calle, la escuela, el trabajo, los negocios, las redes sociales y la vida pública.
Entre los delitos que aborda el documento figura la difamación, definida como realizar públicamente una afirmación concreta con el propósito de afectar el buen nombre de una persona cuando no corresponde. También explica la difamación extorsiva, descrita como el uso de una acusación o una amenaza pública para obtener un beneficio.
La guía además contempla la amenaza de difamación para obtener un beneficio, conducta que consiste en presionar a una persona con perjudicar su reputación para obligarla a ceder a una exigencia. Asimismo, aborda la difusión de fotografías, videos o audios privados sin consentimiento y cita como ejemplo el reenvío de un video íntimo a través de la aplicación de mensajería WhatsApp.
Identidad y mundo digital
La guía también aborda delitos relacionados con la identidad y el entorno digital. En ese sentido, explica que el robo de identidad de funcionarios públicos, policías o militares consiste en hacerse pasar por una autoridad mediante el uso de uniformes, placas o datos falsos con el propósito de engañar.
Asimismo, la Presidencia de la República define el acoso digital como la persecución, los insultos o las amenazas reiteradas a una persona a través de plataformas digitales. También describe el contenido falso para dañar como la difusión de publicaciones inventadas con el fin de perjudicar la reputación de alguien.
«Robar una identidad no es solo usar un nombre: es entrar en la vida de alguien sin permiso», sostiene la entidad en la guía.
Estafas y engaños con dinero
El documento también explica distintos tipos de estafas relacionadas con el manejo de dinero y bienes. Entre ellas figura la estafa inmobiliaria, definida como vender, alquilar o prometer un inmueble mediante engaños.
De igual forma, describe la estafa piramidal como aquella en la que se prometen ganancias utilizando el dinero aportado por nuevos participantes. Como ejemplo, el documento menciona los casos en que se solicita una inversión y se paga a los primeros inversionistas con el dinero de quienes ingresan después.
Mientras que la estafa colectiva, según afirma, consiste en engañar de manera simultánea a un grupo de personas. La guía ejemplifica este delito con la venta de un supuesto proyecto a decenas de familiares sin que exista un respaldo real.
Corrupción y abuso de poder
Por otro lado, precisa que el soborno consiste en pedir, ofrecer o recibir dinero o favores a cambio de realizar un acto indebido. En tanto, define el desvío de fondos públicos como el uso del dinero del Estado para fines personales.
Asimismo, explica que el tráfico de influencias es utilizar un cargo o contactos para obtener ventajas indebidas, mientras que los contratos amañados consisten en favorecer de manera fraudulenta la adjudicación de negocios públicos.
También define el enriquecimiento ilícito como el incremento del patrimonio sin poder justificar el origen de los bienes.
«La corrupción no roba solo dinero: roba confianza, servicios y futuro», advierte la Presidencia en la guía.
Nuevas tipificaciones
En cuanto a las nuevas disposiciones incluidas en el Código Penal, la guía explica que el cúmulo de penas consiste en sumar la sanción correspondiente por cada delito cometido por una misma persona.
«Cada delito cuenta: un hecho grave no borra los demás», señala el documento.
Asimismo, aclara que las penas pueden alcanzar hasta 60 años de prisión cuando una persona incurre en una secuencia de delitos violentos dentro de un mismo caso.
«La gravedad pesa: muerte y otras agresiones muy graves pueden empujar la suma», añade la guía para explicar cómo opera la acumulación de las condenas. (HOY-OJO)





