Las cargas que pesan en el precio final de los hidrocarburos

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En República Dominicana los precios de los derivados de hidrocarburos (gasolinas, gasoil y otros combustibles) tienen una carga tributaria fija desde la Ley 112-00 con impuestos específicos que en su momento excluían el gas, pero eso fue cambiando a medida que se aplicaron modificaciones fiscales.

 ¿Conoce en qué se basan las cargas y cómo están distribuidos esos recursos? 

Lo primero es que se estableció una base que se conoce como el PPI (Precio Paridad de Importación) que no es más que una suma de factores que inciden de forma directa en el valor final de galón de combustible en el país y que cada semana varía de acuerdo con el valor de los derivados y del petróleo West Texas Intermediate (WTI) en el mercado mundial.

Cada semana un aviso oficial recoge los elementos que conforman el Precio Paridad de Importación (PPI), y en otras los porcentajes de asignación a otros entes, como la deuda externa, a cubrir el fomento del uso de energía limpia y el desarrollo vial.

Específico

El precio de los combustibles tiene una carga fija desde la aprobación de la Ley 112-00, de Hidrocarburos, que conoce como impuesto específico para las gasolinas premium y regular, gasoil premium y el fuel oil.

En ese momento, el Gas Licuado de Petróleo (GLP) estaba libre de gravámenes y se aplicaba un subsidio generalizado que posteriormente fue desmontado por el aumento en el uso industrial y vehicular.

El galón de gasolina premium tenía un impuesto específico de RD$18, la regular de RD$15, el gasoil de RD$6.30 y el fuel oil de RD$5.00.

Con el reglamento 307-01 se agregó una carga de RD$2.00 por galón en el consumo de gasolinas y gasoil, con el propósito de crear un fondo especial que aporte un 1% de esos ingresos anual hasta llegar a 5% para las entidades que ejecutaran proyectos de fomento de energía alternativa, renovables y de ahorro de energía.

Con la Ley 557-05 se agregó un ISC (Impuesto Selectivo al Consumo) Ad valorem (sobre el valor) de RD$13. Y, posteriormente fue aumentado de 13% a 16%, con la llamada Rectificación Tributaria, con la Ley 495-06. En 2012, con la entrada en vigor de la Ley 253-12 sobre el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible, en su artículo 17, se recoge una modificación a la Ley 112-00, con incrementos importantes en el impuesto específico a los combustibles.

Un galón de gasolina premium comenzó a tributar RD$64.35, el gasoil regular RD$56.93, el kerosene RD$16.61, el Avtur RD$5.81, el gasoil Premium R$29.89, el mismo combustible del tipo regular RD$23.92 y el fuel oil RD$16.61. En ese momento el petróleo pesado comenzó con un tributo de RD$5.81 y la gasolina de aviación AV-GAS con RD$56.93.

El GLP y el Gas Natural estaban exentos, al igual que el carbón mineral. 
Fue en ese período en el que también se estableció una carga de RD$2.00 para promover el desarrollo vial y la renovación del parque vehicular de transporte público y carga, cuyos recaudos tendrían una proporción de 75% para el desarrollo vil y 25% para la renovación del parque vehicular.

Apropiación de recursos

Ley 557-12

El GLP y el Gas Natural estaban exentos, al igual que el carbón mineral. Fue en ese período en el que también se estableció una carga de RD$2.00 para promover el desarrollo vial y la renovación del parque vehicular de transporte público y carga, cuyos recaudos tendrían una proporción de 75% para el desarrollo vial y 25% para la renovación del parque vehicular. Una proporción de los recursos va al pago de intereses de la deuda externa. [Listín Diario-Ojo]