InicioECONÓMICASLiquidación y cesantía: ¿Qué ocurre si te despiden sin justificación?

Liquidación y cesantía: ¿Qué ocurre si te despiden sin justificación?

En República Dominicana, ser despedido injustamente no solo representa una acción arbitraria, sino también una violación al Código de Trabajo (Ley 16-92), que protege expresamente los derechos de los trabajadores. Esta normativa establece consecuencias económicas claras que deben asumir los obstáculos cuando no pueden justificar una terminación laboral.

El artículo 88 de la ley indica que un despido solo se considera justificado si se fundamenta en causas graves como fraude, insubordinación o actos de violencia. Si el empleador no demuestra estas faltas ante el tribunal, el despido se considera injustificado, lo que activa una serie de obligaciones económicas que deben cumplirse de inmediato.

Lo que debes saber sobre liquidación y cesantía

  • El despido injustificado obliga al empleador a pagar múltiples compensaciones
  • Arte. 95 del Código de Trabajo establece salarios caídos hasta 6 meses
  • La liquidación incluye preaviso, cesantía, vacaciones y pago.
  • El término “liquidación” no está en la ley, pero está implícito
  • La protección legal del trabajador incluye créditos preferentes.

Prestaciones obligatorias en un despido injustificado

Según el artículo 95 del Código de Trabajo, el empleador deberá pagar al trabajador las siguientes sumas si se demuestra que el despido fue injustificado:

  • Preaviso y auxilio de cesantía, si el contrato era por tiempo indefinido.
  • La mayor suma entre el saldo del contrato o desahucio, si era por tiempo definido.
  • Salarios caídos, desde la fecha de la demanda hasta la sentencia, con un tope de seis meses.

Estas obligaciones tienen carácter prioritario sobre cualquier otra deuda que tenga el empleador, tal como lo establece el artículo 47 del mismo código, que protege los créditos laborales como preferentes ante terceros.

Qué es y qué incluye la liquidación laboral

Aunque el término “liquidación” no está definido de forma literal en la ley, se entiende como el cálculo y pago de todas las compensaciones económicas acumuladas al finalizar la relación laboral. Esto incluye no solo los derechos adquiridos, sino también beneficios proporcionales y prestaciones por ley.

En una liquidación laboral correcta deben contemplar los siguientes conceptos:

  • Preaviso, si no fue otorgado
  • Cesantía, calculada según la antigüedad del trabajador
  • Vacaciones no disfrutadas
  • Bonificación anual proporcional
  • Salarios caídos, si se aplica

Este proceso se aplica tanto en casos de despido como de renuncia o término de contrato, siempre en concordancia con los artículos 80 al 98 del Código de Trabajo. (RC-at / OJO-jj)

 

 

 

 

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