Aunque el Gobierno intenta lograr un entendimiento con Estados Unidos respecto a lo acordado en el Tratado de Libre Comercio (DR-CAFTA), el escenario se torna complicado, sobre todo, luego de que la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR) señaló, el pasado 11 de septiembre, la importancia de derogar el Decreto 693-24 emitido por el Poder Ejecutivo para proteger la producción nacional de arroz.
En el análisis “Medidas de Protección al Arroz. Decreto No. 693-24” elaborado por la firma Naut & Associates, la experta en comercio internacional Katrina Naut, presidenta de la firma, sugiere que el país debe observar y cumplir los compromisos y obligaciones internacionales previamente asumidos en el DR-CAFTA y, revisar, derogar o adecuar las medidas (como el decreto) que resulten incompatibles con lo convenido en el tratado.
En su análisis, la exembajadora del país ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) y Organismos Internacionales Económicos de las Naciones Unidas en Ginebra, Suiza, señaló que lo recomendable es que el Gobierno evalúe e implemente medidas de apoyo dirigidas al sector arrocero que permitan facilitar su adaptación al escenario de libre comercio previsto en el DR-CAFTA, particularmente ante la culminación del proceso de desgravación arancelaria aplicable a este producto.
Refiere que esas medidas deben orientarse, entre otros aspectos, a incrementar la productividad, la reducción de los costos de producción, la incorporación de tecnología, el acceso a financiamiento, el fortalecimiento de la infraestructura productiva y la mejora de la competitividad del sector, procurando que los instrumentos que se adopten sean compatibles con las obligaciones comerciales internacionales.
¿Qué plantea el decreto?
Para evitar el libre ingreso del grano estadounidense, el decreto 693-24 (amparado en la recién modificada Ley 75-24 de Seguridad Alimentaria) fijó un arancel del 99% fuera de contingente y solo permitió una cuota preferencial de 23,300 toneladas métricas a 0%.
El gobierno justificó la medida invocando la cláusula de «Seguridad Esencial» (artículo 21.2 B del DR-CAFTA), alegando que proteger la producción arrocera salvaguarda un interés de soberanía nacional.
En su análisis, Naut sustenta que invocar excepciones de «seguridad esencial» para proteger intereses puramente comerciales violaría el principio de buena fe internacional y afirma que legalmente, el país no puede desconocer de forma unilateral los compromisos de arancel cero pactados en el DR-CAFTA.
Riesgos de controversia
La especialista en comercio exterior advierte en su planteamiento que la vía para dirimir este conflicto es el mecanismo de solución de controversias del DR-CAFTA (Capítulo 20). Sin embargo, refiere que Estados Unidos podría tomar medidas de retaliación comercial, afectando a sectores clave del país como las exportaciones de zonas francas.
«Independientemente, de que el DR-CAFTA dispone de un mecanismo para dirimir las controversias que puedan surgir de la interpretación o aplicación de las obligaciones del Tratado, esto no impide que los Estados Unidos pueda asumir una posición defensiva frente a la República Dominicana y adoptar medidas retaliatorias en detrimento de productos originarios del país», puntualizó Naut, recordando que Estados Unidos es el principal socio comercial del país y las exportaciones procedentes del régimen de zonas francas las más significativas.(LD-pr) y titular corregido, de @porojocerradura-OJO)






