La Junta Central Electoral (JCE) emitió la Resolución No. 01-2026, en la que establece los montos de la contribución económica del Estado a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, en cumplimiento de la Ley No.33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
Según lo dispuesto, la distribución se hará de la siguiente manera:
80% en partes iguales entre los partidos que obtuvieron más del 5% de los votos válidos en la última elección.
12% para los partidos que lograron entre 1% y 5% de los votos válidos.
8% para los partidos que alcanzaron entre 0.01% y 1% de los votos válidos.
La resolución también recuerda que los partidos deberán presentar informes anuales detallados de ingresos y gastos dentro de los seis meses posteriores al cierre del ejercicio presupuestario. El incumplimiento de esta obligación impedirá la entrega de fondos, los cuales serán reintegrados a la Cuenta Única del Tesoro.
Asimismo, la JCE enfatizó que los recursos solo podrán ser utilizados en actividades permitidas por la ley, como publicidad, propaganda, estudios de opinión, programas de control del voto, locales partidarios, transporte y comunicaciones, entre otros gastos vinculados a la precampaña y campaña electoral. (HOY-la / OJO)





