PRM. ¿Cuál es la base, fundamento o decisión para un cargo de elección? La libertad de escogencia materializada en el voto genuinamente libre

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El más grave problema de institucionalidad que tienen la mayoría de los partidos políticos de este país y también todos aquellos que se dicen sus dirigentes, es que tan pronto las circunstancias les facilitan las cosas para ganar unas elecciones nacionales y en base a estas llegan al poder, es comenzar a lo inmediato a colocar obstáculos y cortapisas para que a todos los demás militantes se les haga muy difícil ir a unos comicios como candidatos y tanto si estos son internos o nacionales.

Por eso y en función de semejante desajuste emocional, nacido del furor que se apodera de quienes han ganado unas elecciones, la mayoría de las formaciones políticas como sus militantes y a lo inmediato, se dan cuenta de que los compañeros que ganaron se aprestan a hacerles difícil su aspiración, por lo que su única salida es conformar un sólido bloque opositor fundamentado en su legítimo derecho constitucional, que a todo ciudadano en edad de votar le asiste.

De ahí, que comenzado los aprestos internos y en la mayoría de los casos, de manipulación seudo legal, por parte de los dirigentes, sea natural que quienes aspiran a cargos de elección generen sus propias plataformas de presión social, política y mediática y en aras de que los fundamentos de la llamada democracia representativa, se conviertan y en base a la presión legitima que se haga posible, con el triunfo de la libertad de escogencia y como garantía para que el sistema se reconvierta en participativo.

La distorsión que analizamos, siempre ha ocurrido en todos los partidos que en algún momento han llegado al poder político de la nación, treinta años atrás, la manipulación nacía del hecho, de que los estatutos partidarios eran creados con la perversa intención de que los mismos no se cumplieran o peor, que se detuvieran en todo lo tocante a los directores de los partidos y cuando no, a los dirigentes que entendían que el poder les facilitaba las herramientas para perpetuarse en el mismo mediante elecciones consecutivas.

Ahora se da la diferencia y en lo que respecta a la elección presidencial para la presidencia de la República, que la Carta Magna especifica, que quien sea presidente, solo tiene una única oportunidad para reelegirse y puntualizando que, por una sola vez, con lo que automáticamente y que es el caso del presidente Luis Abinader, es una condición que le facilita, que ni siquiera tenga que buscar la continuidad y sí solo cumplir con el requerimiento constitucional de proclamación pura y simple.

Es decir, nadie puede discutirle al actual presidente de la República, su derecho a una sola repostulación, que, de ganarla, se convierte automáticamente en su única reelección.

Pero no es lo mismo y lo que recordábamos en nuestro análisis político de Estado de ayer, que ese artículo constitucional, no aplica para quienes hayan sido presidentes de la nación en periodos anteriores y los que constitucionalmente están impedidos de intentar proclamarse como candidatos a la presidencia por nueva vez. Sin embargo, en entredicho quedan los ciudadanos que han sido vicepresidentes de la República y quienes por sentido común deberán acudir ante el Tribunal Constitucional, para que su situación pudiera ser objetivamente dilucidada.

Se está pues en el entendido, de que Abinader, es desde ya y por el solo hecho de haber ganado la presidencia en los pasados comicios del 2020, el candidato natural de su partido para repostularse sin objeción partidaria o política desde otros sectores, para las elecciones de 2024.

Ahora bien, lo mismo no ocurre para el resto del aparato político, dado que la misma Constitución no objeta las reelecciones consecutivas de senadores, diputados, alcaldes y regidores e incluso y en base  al derecho natural de escogencia, a los políticos que quieran aspirar a la presidencia y demás cargos de sus respectivas formaciones políticas.

En consecuencia, un joven político de garras y discernimiento, como lo es el catedrático universitario y político de larga data, doctor Guido Gómez Mazara, tiene todo el derecho del mundo a aspirar como presidente del ahora partido oficial, el Revolucionario Moderno (PRM) y sin que pueda existir algún artículo de los estatutos del partido oficial que pudiera coartarle su derecho y con el pretexto de que supuestamente no tiene los 5 años necesarios como militante para aspirar a la presidencial del PRM y lo que es un absurdo, toda vez que todos los miembros del PRM antes de ser gobierno, provienen del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y en el que tenían cinco o más años de militancia continua.

Quiere decir, que su aspiración a presidente del PRM nace de la autoridad moral de su larga militancia dentro del PRD y lo que, por lo visto, un sector oculto de los tutumpotes del partido, se le oponen frontalmente y lo que a nuestro modo de ver está sucediendo, porque los también llamados “viejos robles" partidarios, entienden que Gómez Mazara es un dirigente no manipulable que pudiera prestarse a lo que aquellos quisieran.

Es tanta esa realidad, que de acuerdo a lo que conocemos, tanto el presidente Luis Abinader como el mismo presidente partidario, José Ignacio Paliza, no fueron uno ni dos los encuentros sostenidos con el aspirante y catedrático y en los que ellos le dieron seguridades, de que ese requerimiento de cinco años se aplicaría a partir del 2026 y lo que por lo visto, el también doctor y catedrático, Salvador Ramos, desconoce en su condición de secretario nacional electoral y que de ser cierta la versión, indicaría, que el doctor Ramos responde a los intereses de altos cargos públicos partidarios así como de los de los llamados “viejos robles”.

En este sentido, muchos entendemos, que el doctor Gómez Mazara debe continuar con sus aspiraciones, no ceder un palmo y sí exigir una aclaración oficial del mismo presidente partidario, Paliza y para nada caer en la trampa, de que tenga que escandalizar públicamente, que es precisamente el punto que sus adversarios internos quisieran y para tipificarlo de “inmanejable” y lo que no quiere decir, que quienes simpaticen con sus aspiraciones, cada quien no de testimonio de su apoyo al joven y experimentado político.

La democracia de un partido y por más despreciable que sea o se considere el sistema partidocrático autoritario que rige en este país, tiene como base el derecho a la libertad de escogencia, por lo tanto, las aspiraciones de Gómez Mazara, son las propias de todo ciudadano en la plenitud de sus derechos y deberes como tal y dentro de una sociedad política y debidamente organizada.

Otra cosa es, que su aspiración cuaje y gane los comicios internos. Pero este aspirante tiene un derecho inalienable que absolutamente nadie puede desconocérselo y que, por lo tanto, es una aspiración legítima y legal que toda persona de principios y medianamente decente debe de apoyar y ni se diga, si se es militante partidario y dentro de un partido genuinamente democrático y de apertura.

Concluimos entonces recordando y preguntando: ¿Cuál es la base, fundamento o decisión para un cargo de elección? La libertad de escogencia materializada en el voto genuinamente libre. (DAG)