domingo, julio 28, 2024
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¿Qué es la carrera administrativa?

Desde el año 1991 en la República Dominicana se ha escuchado hablar en diferentes escenarios; políticos o académicos, acerca de este tema. En ese sentido, en el presente artículo daremos respuesta a esta pregunta inicial y a otras acerca de cómo acceder a un cargo de carrera, ¿Cuáles son los beneficios para los empleados de carrera? y ¿cuál es la importancia de que se haya constitucionalizado el estatus de la carrera administrativa?

Partiendo de esta definición, hay que decir que para acceder a un cargo de carrera hay que pasar por un concurso de oposición, el cual puede ser cerrado (entre los empleados de la misma institución pública), o abierto (en el que participan empleados de las diferentes instituciones públicas y personas interesadas en participar).

En lo referente a los beneficios que tiene un empleado perteneciente a la carrera administrativa, hay que hacer referencia a lo que establece el artículo 58 de la Ley 41-08 de Función Pública y los artículos 48 y 49 del Reglamento de Relaciones Laborales 523-09. El primer beneficio es la estabilidad en el cargo, lo que implica una garantía normativa para la persona que ocupa un cargo de carrera.

Luego de la reforma a la Constitución, en el año 2010, la carrera administrativa tiene rango constitucional, lo que implica una garantía y protección adicional a la establecida en la Ley 41-08 y en el reglamento 523-09. En ese sentido, en el artículo 243 la protección de esta, al describir: “La separación de servidores públicos que pertenezcan a la Carrera Administrativa en violación al régimen de la Función Pública, será considerada como un acto contrario a la Constitución y a la ley”.

Finalmente, hay que destacar que se accede a un cargo de carrera sobre la base del mérito y de la capacidad, luego de haber pasado un concurso de oposición. De manera que el funcionario o empleado público que accede a un cargo de carrera goza de una protección y garantía de estabilidad en el cargo, el cual no puede ser desvinculado de su puesto, salvo en los casos que haya cometido una falta de tercer grado como lo establece el artículo 84 de la Ley 41-08.

En la actualidad en la administración pública según informaciones publicadas por el exministro de Administración Pública en fecha 2 de agosto de 2020, hay aproximadamente 180,000 cargos con vocación para ingresar a la Carrera Administrativa. Por: Máximo Calzado Reyes [El Caribe]

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