jueves, agosto 8, 2024
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Si al presidente se le limita reelección, ¿por qué se puede ser diputado o senador por tiempo indefinido?

Un punto de las propuestas de modificación constitucional que ha generado ya posiciones encontradas a lo interno del partido oficialista es la reducción de la matrícula legislativa, punto que hasta a quien les escribe le genera preocupación, ya que la composición de nuestras cámaras no obedece a perfiles con las mejores condiciones o propuestas en beneficio de nuestro país; más bien obedece a quienes tienen la mayor capacidad económica, bien o mal habida, y así lo demuestran las estadísticas electorales.

Los candidatos con más dinero son los que en ocasiones resultan ser los más votados. Imagínese usted, querido lector, si sumado a esa debilidad sistémica agregamos la posibilidad de reducir la matrícula legislativa: aquellos con las cuentas bancarias llenas, pero con el cerebro vacío, son los que tendrán mayor posibilidad de representarnos en el Congreso.

En medio del análisis de las propuestas del presidente, me surgió la interrogante: “Si al presidente se le limita a una reelección, ¿por qué se puede ser diputado o senador por tiempo indefinido?”. En un Congreso Nacional donde un legislador del litoral político reformista duró 38 años como representante de su demarcación, y otros de litorales distintos con cuatro y cinco periodos consecutivos, debe considerarse seriamente, a propósito de reformas constitucionales, la posibilidad de consignar en la carta magna un límite en el ejercicio del caudillismo legislativo.

Esto no sería algo nuevo en América Latina, ya que países como México, Costa Rica, Bolivia, Ecuador, entre otros, han establecido límites para la reelección de sus legisladores, incluidos diputados y senadores, como una medida para promover la renovación política y evitar la perpetuación en el poder. En México, en 2014, se aprobaron reformas políticas que permiten la reelección de diputados hasta por cuatro periodos consecutivos, 12 años en total, ya que son elegidos por tres años, y en el caso de los senadores, hasta por dos periodos consecutivos, 12 años, ya que son elegidos por seis años.

En Bolivia, la constitución permite la reelección de los miembros de la Asamblea Legislativa Plurinacional, diputados y senadores, por solo un periodo consecutivo. En el caso de Chile, en 2020 se aprobó una reforma que limita la reelección de los diputados a tres periodos consecutivos, 12 años, y la de los senadores a dos periodos consecutivos, 16 años.

¿Acaso dos periodos consecutivos para los legisladores dominicanos no son suficientes para proponer transformaciones y reformas que impacten la vida de la gente? Porque si para el presidente Luis Abinader sí lo son, a pesar de tener responsabilidades y compromisos con todo el territorio nacional, ¿qué decir de un legislador que asume y promete soluciones sobre la base de una demarcación territorial bien delimitada y reducida? Quizás una opción para renovar nuestro Congreso y evitar que los tutumpotes sean los que siempre ganen posiciones electivas, sin importar la calidad de la representación, sea la de establecer límites constitucionales en la reelección legislativa.

Dos o tres periodos me parecen más que suficientes para que un legislador presente sus credenciales ante la ciudadanía. Derik Báez Torres (hoy)

 

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