InicioNacionales«Sin causales, sin protección»: Rosario Espinal arremete contra el nuevo Código Penal

«Sin causales, sin protección»: Rosario Espinal arremete contra el nuevo Código Penal

La politóloga Rosario Espinal expresó fuertes críticas al proceso legislativo que rodea la aprobación del nuevo Código Penal, calificándolo como una “repetición de lo mismo” que ha ocurrido durante las últimas dos décadas.

En una entrevista en el programa El Día de Telesistema Canal 11, Espinal cuestionó la preparación de los legisladores, la falta de debate real y la ausencia de diferencias entre gobierno y oposición, a quienes acusó de actuar como “borregos” siguiendo directrices sin criterio propio.

La experta denunció que el Código Penal fue aprobado en primera lectura por la Cámara de Diputados sin haber sido leído, y que en la segunda lectura se inició su lectura sin sentido lógico.

“Un código que lleva 20 años dando vueltas en el Congreso, que ha sido observado tres veces por el Poder Ejecutivo, ahora se aprueba sin discusión seria”, afirmó.

Retrocesos en derechos humanos

La politóloga advirtió que la nueva versión del Código Penal representa un retroceso en materia de derechos fundamentales. Señaló que se han incluido disposiciones que eximen de responsabilidad penal a instituciones públicas, partidos políticos e iglesias, lo que, según ella, genera una estructura de impunidad institucionalizada.

Además, criticó la falta de inclusión de las tres causales para la interrupción del embarazo, calificándolo como un atentado contra los derechos de las mujeres.

“Si una mujer está en riesgo de muerte por un embarazo complicado, sin causales no puede hacer nada. Dependerá de que al médico le dé la gana de salvarla”, expresó con preocupación.

Desprotección de la niñez

Espinal también alertó sobre artículos que, según ella, desprotegen a la niñez dominicana, permitiendo incluso agresiones físicas sin consecuencias penales claras.

Llamado a la reflexión

Instó a la ciudadanía, especialmente a las mujeres, a comprender las implicaciones del nuevo Código Penal y exigir un marco legal que respete los derechos humanos. “Este código no ha sido mejorado, ha sido empeorado”, concluyó.

Modificaciones al Código Penal

Artículo 107: Establece que cualquier infracción cometida contra niños, niñas o adolescentes, independientemente de a quién esté dirigido el acto o la lesión causada, será sancionada con penas de veinte a treinta años de prisión mayor y multa de treinta a cuarenta salarios mínimos del sector público.

Artículo 113: Referente a los atentados culposos contra la vida, determina que la persona que, por torpeza, imprudencia o negligencia, provoque la muerte de más de una persona será sancionada con pena de diez a veinte años de prisión mayor y multa de veinte a treinta salarios mínimos del sector público.

Artículo 118: Sobre tortura o actos de barbarie, se mejoró su redacción para establecer que quien inflija dolosamente a otra persona dolores o sufrimientos graves, físicos o mentales, con el objeto de investigarlo, intimidarlo, coaccionarlo, castigarlo o con cualquier otro fin, es culpable de tortura o actos de barbarie, y será sancionada de diez a veinte años de prisión mayor y multa de veinte a treinta salarios mínimos del sector público.

Artículo 121: Relativo a sanciones a la autoridad, determina que toda persona depositaria de autoridad pública o encargada de un servicio público que cometa tortura o actos de barbarie será sancionada con veinte a treinta años de prisión mayor y multa de treinta a cuarenta salarios mínimos del sector público.

Artículo 136: Sobre la actividad sexual no consentida en relación de pareja, establece que esta conducta será sancionada con pena de cuatro a diez años de prisión mayor y una multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público, en los casos especificados.

Artículo 139: Sobre violación sexual incestuosa, define que, si la víctima es un pariente natural, legítimo o adoptivo, hasta el cuarto grado por consanguinidad y hasta el tercer grado por afinidad, el delito será sancionado con veinte a treinta años de prisión mayor y multa de treinta a cuarenta salarios mínimos del sector público. Y, si la víctima es un niño, niña, adolescente o persona en condiciones de vulnerabilidad, y se produce mutilación, lesión permanente o gravidez, la pena será de treinta a cuarenta años de prisión mayor y multa de cincuenta a mil salarios mínimos del sector público. (HOY-la / OJO-jj)

 

 

 

 

 

RELATED ARTICLES
spot_imgspot_imgspot_imgspot_img

LAS ÚLTIMAS NOTICIAS DE HOY

La prensa tradicional mercancía intrigó e instigó para que el gobierno...

De simple matasello bajo censura en la Era de Trujillo, la prensa nacional tradicional se ha convertido en el monstruo que aniquila la libre...

Mas Populares