Luego de que Gloria Reyes, directora del programa Supérate, explicara ayer que el nombre del exmandatario Leonel Fernández apareció en la base de datos de los beneficiarios del Bono Navideño, “debido a que este año se amplió la cantidad de beneficiarios con personas desempleadas, pensionadas y desocupados”, surge la duda de cuánto es la pensión del dirigente de la Fuerza del Pueblo y de otros expresidentes, como para considerarlos elegibles para esta ayuda gubernamental.
Esa información, sin embargo, no está disponible públicamente, porque se considera un «dato privado y confidencial», a pesar de que son pagadas por el Estado Dominicano.
A un pedido de este medio a través del Portal Único de Solicitud de Acceso a la Información Pública, se recibió la respuesta de que la información relativa al monto de las pensiones de los expresidentes «no puede ser atendida», de acuerdo con lo establecido en el artículo 18, sobre Limitación al Acceso en Razón de Intereses Privados Preponderantes, de la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública No. 200-04. En pocas palabras, es un dato privado y confidencial.
Ese artículo 18 dice lo siguiente:
«Artículo 18.- La solicitud de información hecha por los interesados podrá ser rechazada cuando pueda afectar intereses y derechos privados preponderantes, se entenderá que concurre esta circunstancia en los siguientes casos: Cuando se trate de datos personales cuya publicidad pudiera significar una invasión de la privacidad personal. No obstante, la Administración podría entregar estos datos e informaciones si en la petitoria el solicitante logra demostrar que esta información es de interés público y que coadyuvará a la dilucidación de una investigación en curso en manos de algún otro órgano de la administración pública. Cuando el acceso a la información solicitada pueda afectar el derecho a la propiedad intelectual, en especial derechos de autor de un ciudadano. Cuando se trate de datos personales, los mismos deben entregarse sólo cuando haya constancia expresa, inequívoca, de que el afectado consiente en la entrega de dichos datos o cuando una ley obliga a su publicación».
En este caso, se entendió que esta información sobre los expresidentes no es de «interés público», por lo que no fue facilitada. La información fue solicitada por porque se entiende, que conocer las pensiones de los expresidentes tiene un interés público, ya que esos datos permiten examinar el universo de las pensiones en la República Dominicana desde el tope de la cadena hasta el más fino eslabón.
En este sentido, la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a Cargo del Estado, entidad que respondió la solicitud, destacó que, para fines de referencia y consulta, el otorgamiento, monto y obligación de pago de las pensiones en cuestión, están amparadas en los artículos números 2 y 3 de la Ley No.16-06 que dispone pensionar a los expresidentes y exvicepresidentes constitucionales de la República, y a las viudas y viudos de estos, de fecha 10 de febrero del 2006.
Sin embargo, solo fue aclarado que la pensión de los exmandatarios corresponde al 70 % del monto que percibían cuando eran presidentes. Para poner en contexto, el actual presidente de la República, Luis Abinader, recibe una remuneración bruta de 450,000 pesos mensuales, a la que se le aplican descuentos por 115,851.49 pesos, quedando 334,148.51 pesos. A partir de esta información, es posible intuir un aproximado de estas pensiones. (OJO-DL)





