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Medio Ambiente rechaza sentencia del TSA que modifica límites del Parque Nacional Jaragua

El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MMARN) rechazó, y está procediendo por las vías correspondientes para la anulación de la sentencia de amparo núm. 0030-1643-2025-SSEN-00786, dictada por la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), la cual ordena modificar los límites del Parque Nacional Jaragua con fines de explotación turística.

La decisión responde a una acción interpuesta por una empresa privada que busca aplicar la Ley núm. 266-04 en terrenos que, aun declarados Polo Turístico, se encuentran dentro de un Parque Nacional, la máxima categoría de protección ambiental.

El ministerio advirtió que la sentencia desconoce el ordenamiento jurídico nacional, al utilizar un amparo de cumplimiento para alterar los límites de un área protegida, lo cual no es procedente.

Asimismo, el MIMARENA señaló que la decisión vulnera la Constitución, la Ley General de Medio Ambiente (64-00) y la Ley Sectorial de Áreas Protegidas (202-04).

La institución alertó que este precedente pone en riesgo la integridad del Sistema Nacional de Áreas Protegidas.

Por ello, el ministerio anunció que procederá, por las vías legales correspondientes, a anular la sentencia y proteger el patrimonio natural del país.

El ministerio reiteró su «compromiso inquebrantable» con «la preservación del Parque Nacional Jaragua y con la defensa del interés público ambiental, para las presentes y futuras generaciones». (LD-OJO)

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