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Permisos sobre uso de suelo

Un grupo de gremios de Higüey impugnó ante el Tribunal Constitucional la resolución número 02-2021, mediante la cual el Concejo de Regidores de ese municipio autorizó el uso de suelo para proyectos de alto impacto urbano.

La acción directa de inconstitucionalidad fue acogida y el TC declaró la inconstitucionalidad de la resolución impugnada, por falta de competencia del Concejo de regidores.

La Corte constitucional cambió los precedentes asentados en varias sentencias (TC-0226/14, TC-0296-16 y TC-0406-19), en las que había reconocido al órgano colegiado de los cabildos potestad para otorgar los permisos de uso de suelos, límites de altura, control de la densidad ocupacional o número de habitaciones por metros cuadrados y control de los linderos con los colindantes y con aceras y vías públicas.

Modificando su propio criterio estableció que, en virtud del artículo 3 de la ley 6232, las competencias para el permiso de uso de suelo y otras no corresponden al Concejo de Regidores, sino a las oficinas de Planeamiento Urbano de las alcaldías, por tratarse de una función de carácter administrativo que depende del órgano ejecutivo del gobierno municipal. (Sentencia TC/1373/25) Por: Wanda Méndez (Listín Diario)

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