InicioNacionalesSi te parqueas aquí te multarán: Zonas donde no perdonan las autoridades

Si te parqueas aquí te multarán: Zonas donde no perdonan las autoridades

A partir de este lunes, los conductores que estacionen sus vehículos de manera indebida en el Distrito Nacional deberán pagar una multa conforme al artículo 242 de la Ley 63-17.

La medida fue anunciada por el fideicomiso estatal Parquéate RD, que indicó que esta forma parte del plan de gestión de tránsito “RD Se Mueve”, impulsado por el Gabinete de Transporte, cuyo objetivo es mejorar el orden vial, optimizar la movilidad urbana y recuperar espacios públicos ocupados de manera irregular.

Según se explicó, la multa por infracción, impuesta por la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT), tendrá un costo de RD$1,000, mientras que los operativos relacionados —grúa, traslado y custodia— ascienden a RD$4,000, para un total de RD$5,000.

Los sectores donde se está implementado el programa Parquéate Bien

  • Piantini
  • Naco
  • Ensanche Paraíso
  • Ensanche Serrallés

23 lugares prohibidos para estacionar o detener un vehículo. La Ley 63-17 en el artículo 237, establece 23 lugares prohibidos para estacionar o detener un vehículo:

  1. Sobre una acera.

    2. Dentro de un cruce de calles o carreteras.

    3. Dentro de una distancia de cinco (5) metros de una boca de incendio o hidrante.

    4. Sobre un paso de peatones o lugares destinados exclusivamente al tránsito de estos.

    5. Dentro de una distancia de cinco (5) metros de una esquina, medidos desde la línea de construcción, pudiendo
    el INTRANT, cuando lo considere conveniente, aumentar esta distancia.

    6. Dentro de una distancia de diez (10) metros antes y después de un semáforo de tiempo fijo o de luz intermitente,
    medidos desde el borde del contén o del paseo.

    7. Dentro de una distancia de veinte (20) metros del riel más cercano en un cruce de ferroviario.

    8. Paralelo o al lado opuesto de una excavación u obstrucción, cuando al detenerse o estacionarse pueda causar
    interrupción o disminución del tránsito en general.

    9. En doble fila, respecto a otro vehículo parado o estacionado en una vía pública.

    10. En los túneles, puentes, pasos a desnivel, cuestas, curvas de las vías.

  2. A más de treinta (30) centímetros del borde de la acera o contén.

    12. En los sitios específicamente prohibidos por señales oficiales.

    13. En sentido contrario de la circulación de la vía.

    14. A menos de veinte (20) metros de una parada de transporte público de pasajeros.

    15. En los lugares designados para cargar o descargar mercancía sin el propósito de realizar alguna de esas acciones.

    16. A menos de un (1) metro de cualquier otro vehículo estacionado, salvo que sea autorizado.

    17. Frente a una Estación de Bomberos, Policía Nacional o cualquiera de las instituciones de las Fuerzas Armadas.

    18. Frente al acceso de un templo religioso, escuela, cine, teatro, hospital, instituciones bancarias, áreas de estacionamiento o
    de servicio para la venta de gasolina y sitios donde se celebren actos públicos.

    19. En cualquier vía pública, cuando tal estacionamiento se realice para el negocio de venta, anuncio, demostración,
    reparación o arrendamiento de vehículos.

    20. En los lugares en que el vehículo estacionado oculte una señal colocada en la vía pública.

    21. En las isletas que separan la circulación del tránsito y las áreas verdes adyacentes a las aceras.

    22. A menos de die (10) metros de las señales de “PARE”, “CEDA EL PASO” o “CURVAS”.

    23. A menos de un (1) metro de la entrada o salida de un garaje.

  • Opciones de parqueo público y privado
  • Actualmente, los ciudadanos pueden utilizar parqueos privados de uso público disponibles en puntos claves del Polígono Central, entre ellos:
  • – Calle Tetelo Vargas (Naco)
    – Av. Fantino Falcó
    – Calle Lic. Carlos Sánchez
    – Calle Rafael Augusto Sánchez
    – DC Parking (Andrés Julio Aybar y Av. Abraham Lincoln)
  • ¿Cuánto cuesta recuperar el vehículo?
  • Según el procedimiento actual, los conductores deben pagar:
  • RD$1,000por la multa de mal estacionamiento
  • RD$4,000por el servicio de grúa
  • En algunos casos, se suman cargos adicionales por almacenamiento si el vehículo permanece varios días en el depósito

  • ¿Qué hacer si tu vehículo fue removido?
  • Verifica con la DIGESETT o el Ayuntamientosi tu vehículo fue retirado por grúa
  • Dirígete al depósito vehicularcorrespondiente
  • Paga la multa y el cargo por grúaen la entidad autorizada
  • Presenta tu cédula y documentos del vehículopara completar el proceso de entrega

Llamado a la conciencia

  • Las autoridades insisten en que el mal estacionamiento afecta la circulación, especialmente en zonas de hospitales, escuelas y avenidas principales.
  • Sin embargo, ciudadanos piden mayor flexibilidad en casos de emergencia y una revisión de las tarifas. (HOY-OJO)

 

 

 

 

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