Carlos Salcedo y Babado Torres, juristas de trayectoria y conocedores de los derechos gremiales, coincidieron en opinar que la Ley 1091, que instituye el Colegio Dominicano de Periodistas (CDP), resulta un tanto ambigua, pero su artículo 4 posibilita que periodistas con título universitario y quienes laboran en este oficio.
El artículo 4 de la Ley 1091, de manera íntegra, expresa lo siguiente: Para los fines de esta ley y otras leyes, se considera periodista profesional al graduado de la escuela de periodismo y/o comunicación social a nivel universitario, y al que tiene por ocupación principal, regular y retribuida, buscar, obtener y emitir informaciones u opiniones en publicaciones periódicas, en medios audiovisuales, en agencias de noticias en oficinas y agencias destinadas a la distribución de información, y que obtenga de esa ocupación los principales recursos para su subsistencia». Salcedo, especialista en varias materias del derecho, expresó que, en base al artículo 4, que si la persona reune una de estas tres condiciones, evidentemente que califica como periodista. Asimismo, sostuvo que una persona es cuestionada por no contar con un título universitario, habría que determinar si tres años antes de entrar en vigor la ley, estuvo la bajo la dependencia de un medio de comunicación, como precisa el Transitorio del artículo 5 de la Ley 1091.
En este caso, sugiere realizar un levantamiento de los periodistas que reúne las condiciones del Transitorio del artículo 5 de esta ley. “Pero si se le suma a ello, que aun no teniendo el requisito de la titulación, reúne todo lo otro, evidente que la ley le otorga la posibilidad”. Salcedo mostró interés en hacer un análisis más profundo de la Ley 1091, que regula la profesión del periodista.
De su lado, Torres, expresidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), dijo que la Ley 1091 fue hecha como “un traje a la medida para el oficio” de los profesionales en el país, en el año 1991. manifestó que la propia ley dice que pueden ser miembros los egresados de las escuelas de comunicación social o aquellos -que al momento de promulgarse la ley, en 1991, hayan ejercido durante tres años.
Anticipa que el conflicto por la candidatura de las dos planchas del Movimiento Marcelino Vega /MMV) que se disputan las elecciones del CDP para dirigirlo por los próximos dos años y que se han anulado la participación de un sector, “se va a prolongar en una litis en el Tribunal Superior Administrativo, a favor de esa acción”.
Parte de que si la ley establece que la membresía es voluntaria, no pueden impedirle la inscripción a un candidato.
El también expresidente de la Asociación Dominicana de Abogados (Adoma) afirmó que cada gremio tiene su ley orgánica, aunque comparó que mientras la colegiatura es obligatoria para los abogados y los médicos, para los periodistas es de manera voluntaria. Recordó que al promulgarse la Ley 1091, una gran parte de periodistas reconocidos, no eran profesionales.
El artículo 5 transitorio de la Ley 10-91, que crea el Colegio Dominicano de Periodistas (CDP) ha causado la más reciente disputada a lo interno de ese gremio, a raíz de que la Comisión Nacional Electoral (CNE) objetara la candidatura a la presidencia de José Altagracia Guzmán Beato, con el argumento de que no tiene el título universitario de periodista.
El “transitorio” establece que tienen derecho a pertenecer al CDP los que hayan ejercido la profesión durante tres años, alternos o continuos, derivando de ella los principales recursos para su subsistencia, aunque al momento de promulgarse, el 7 de mayo de 1991, no estén empleados en una publicación periódica, medios audiovisuales, oficinas o agencias de prensa.
Además, la CNE del CDP alega el ingreso de Beato Guzmán a la institución, el 7 de mayo del 2019, con la firma solo de cuatro de los siete miembros del Comité Ejecutivo. El artículo 5 de la Ley 1091 dispone voluntaria la afiliación al CDP y que son miembros los graduados de las escuelas de periodismo y comunicación social de nivel universitario, así como quienes ejerzan de periodistas en los medios nacionales de comunicación. (HOY-OJO)





