En términos de estadísticas, de los 11.5 millones de dominicanos, un diez por ciento es homosexual y otro quince por ciento bisexual y lo que significa, que alrededor de tres millones de dominicanos son parte de esas estadísticas, las que no prejuzgan y solo señalan que esos indicadores existen y están ahí.
Los mismos porcentajes y con ligeras variantes, se aplican a personas dentro de todas las facetas del vivir cotidiano y con mayor énfasis de interpretación curiosa en las legiones de sacerdotes, presbíteros y monjas, nicho en el que por las restricciones coercitivas morales y todas de gran hipocresía, ocultan las mismas actividades sexuales entre sus oficiantes y algunos, queriéndolas reprimir, se convierten en depredadores sexuales y más como pederastas y no como supuestos “enfermos sexuales”.
En las religiones evangélicas o en la Anglicana los porcentajes son menores y porque en ellas, la libertad sexual de sus integrantes es amplia y se les permite casarse, tener familias e hijos y especifiquemos, solo nos referimos al caso dominicano.
Partiendo de estas realidades, entendemos comprensible y como personas, el férreo dogmatismo que la curia católica y con su obispo coadjutor a la cabeza, tratan de imponer y las críticas vertidas recientes y desde ayer, por monseñor Tomás Morel Diplán así lo muestran y en paralelo, los grupos, como la Mesa de Diálogo y Representación Cristiana y el Consejo Dominicano de Unidad Evangélica (Codue).
Estas religiones y en sus versiones locales, cuya característica principal es la imposición de un dogmatismo inflexible y por lo que, quienes las dirigen han dicho tan subjetivamente, que «hay que cuidar y resguardar los valores familiares, la unidad entre el hombre y la mujer» y lo que en la práctica no es tal y por la simple razón, de que uno de cada diez hogares o familias dominicanas tiene un miembro homosexual o bisexual y lo que significa, que son credos religiosos que deberían comportarse con gran tolerancia ante la diversidad sexual y con menos intentos coercitivos y de sesgos dictatoriales, pretendiendo controlar la moral personal.
Por eso, no estamos de acuerdo con este estallido hipócrita de subjetividad, a propósito de que trascendió, que el Tribunal Constitucional acaba de emitir una sentencia, la TC/1225/25 que condena y por discriminatorias, las disposiciones militares y policiales de prohibir las prácticas privadas homosexuales y que como es lógico, es una sentencia que tiene que ver con toda la población masculina y femenina dominicana.
Aunque hay que entender, que la misma maltrata el honor militar y policial, al imputarle a las instituciones tutelares, comportamientos solo propios de personas y lo que nada tiene que ver con instituciones cuya marcada disciplina, no permite que su honor pudiera ser puesto en entredicho y que es el daño irreversible que la aludida sentencia les provoca y que desde este último punto de vista, nunca el Tribunal Constitucional debió de haber incurrido.
Las 140 páginas de la sentencia aludida y que se inicia respondiendo al apartado: “Referencia: Expediente núm. TC-01- 2024-0030, relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por Anderson Javiel Dirocie de León y Patricia M. Santana Nina contra el artículo 210 de la Ley núm. 285, del veintinueve (29) de junio de mil novecientos sesenta y seis (1966), que crea el Código de Justicia de la Policía Nacional, y el artículo 260 de la Ley núm. 3483, del trece (13) de febrero de mil novecientos cincuenta y tres (1953), que crea el Código de Justicia de las Fuerzas Armadas”. No da pie a que se la interprete como aberrante o para que se la descalifique en los peores términos, cuando se la analiza desde el planteamiento de la conducta individual de las personas físicas.
De ahí que entendamos, que mientras el obispo coadjutor la tilda de fallo “desacertado» e «inconveniente» y quejándose sobre lo que entiende, que los jueces “debieron ponderar mucho mejor el tema”, la jerarquía evangélica no se corta en palabras y la tilda de una «aberración ética» o que es un «golpe directo a los principios morales, éticos y espirituales» de la nación. Y que es rotundamente falso y hasta atrevido.
En definitiva, los quejosos no tienen a su favor ningún recurso para combatir la sentencia y por más que reclamen, salvo que los mismos jueces quisieran revisarla y ya que se le acusa de que supuestamente la misma es “inconstitucional”, salvo sus hipócritas aliados en los medios de comunicación e información tradicionales, quienes y hablando en criollo, gritan de la boca para afuera, en una torpe admisión de doblez moral muy propia de sus dueños, directores y periodistas. Mientras que en las redes sociales, las opiniones están divididas, pero con una amplia inclinación a favor de la tolerancia y el respeto a las actividades sexuales y privadas entre adultos.
No tiene sentido entonces, decir o calificar de esto o lo otro a nadie en particular y menos, cuando de lo que se trata, es de un asunto de libre albedrío que no tiene nada que ver con dogmas o criterios religiosos o castrenses, en cambio, sí entendemos, que con la sentencia aludida, en las instituciones militares y policiales, habrá un clima de tolerancia pragmática desde el rigor de la conducta personal y no sobre la institucional y esto, sin irrespetar los cánones morales que impone la sociedad, puesto que no debe olvidarse, que la disciplina es su normativa y preferencia y marca con el sello de la obediencia debida a todos sus miembros activos.
Consecuentemente, aplaudimos la valiente sentencia TC/1225/25 e invitamos a nuestros lectores dominicanos a que la aplaudan y acaten y que son las razones que nos hacen decir, que desde el punto de vista de los dogmas religiosos, es lógico que los representantes de las iglesias Católica y Protestantes se preocupen por la salud sexual de sus fieles pero es irritante que discriminen. Con Dios. (DAG) 20.11.2025
última actualización: 03:00 pm.





