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Arrestan en el AILA a la estadounidense de origen dominicano y residente en el exterior investigada por ultraje al Himno Nacional

Autoridades arrestaron hoy martes en el Aeropuerto Internacional de Las Américas (AILA) a una estadounidense de origen dominicano imputada del delito de ultraje al Himno Nacional, bajo la versión de supuesto «himno nacional lésbico».

El arresto de Alicia Anabel Santos Díaz, de 54 años, se produjo amparado en la Orden Judicial número 2025-AJ0051862, emitida por la jueza Fátima Veloz, del Décimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, adscrito a la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente, el 7 de agosto de este 2025.

La orden de arresto contra Santos Díaz, residente en Estados Unidos, se corresponde con una investigación por la comisión de hechos delictivos establecidos y sancionados en los artículos 37 y 39 de la Ley 210-19 que regula el uso de nuestros símbolos patrios.

La investigación incluye a Yoseli Castillo Fuertes. Ambas imputadas organizaron la puesta en circulación del texto titulado “Pájaros, lesbianas y queers ¡A volar!”, un evento en el cual invitaron al público presente a ponerse de pie y a cantar lo que denominaron el “Himno Nacional” con su misma música, pero con la alteración de sus letras.

Durante el acto, que organizaron y realizaron en uno de los salones del Centro Cultural de España, en Zona Colonial, las dos imputadas incurrieron en un ultraje contra el Himno Nacional, símbolo sonoro de la Patria consagrado en el artículo la Constitución, la cual establece que es único e invariable.

Además de contactar las evidencias del hecho difundidas en las redes sociales, el Ministerio Público recibió denuncias formales de la Comisión Permanente de Efemérides Patrias (CPEP), el Instituto Duartiano y otras organizaciones que reclaman la aplicación de las sanciones establecidas en el marco jurídico nacional.

La orden de arresto establece, en uno de sus considerando, “que, si bien la libertad es la condición natural del ser humano y constituye después de la vida el bien jurídico más preciado, conforme a nuestra Constitución, también es cierto que la misma dispone que cuando el orden público y las buenas costumbres se vean afectados por cualquier hecho de un ciudadano, ésta podrá ser reducida a prisión mediante orden motivada por una autoridad judicial competente, como lo es el Juez de la Instrucción”. (LD-OJO)

 

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