InicioNacionalesAnteproyecto: médicos practiquen aborto a menores necesitarán indulto del presidente y legisladores

Anteproyecto: médicos practiquen aborto a menores necesitarán indulto del presidente y legisladores

Dentro de los anteproyectos de ley depositados por más de 30 legisladoras en la Cámara de Diputados, bajo la campaña “Déjala ir”, está una pieza que busca permitir el aborto en adolescentes, sin que se establezcan sanciones para la menor de edad, ni para los médicos que lo practiquen.

En su artículo 11 esta pieza especifica que en caso de riesgo vital inminente para la adolescente ,debido al embarazo “ectópico, complicaciones severas”, los médicos procederán conforme al protocolo de aborto “terapéutico indirecto permitido por la ética médica para salvar la vida de la madre, de acuerdo con las excepciones de estado de necesidad extrema, documentando debidamente la justificación clínica”.

De igual forma, si no hay riesgo inmediato, pero el embarazo “es resultado de violación/incesto, el personal informará a la víctima y su representante legal de todas las opciones existentes: continuar la gestación con apoyo médico/psicológico, o solicitar por las vías judiciales pertinentes la interrupción del embarazo si en un futuro se despenalizará alguna causal aplicable (reconociendo que al momento actual la ley no lo permite, pero dejando sentada evidencia de la voluntad de la menor podría ser relevante para eventuales acciones legales, como recursos ante órganos internacionales)”.

Dentro de estas vías y bajo el artículo 14 denominado “coordinación con el sector salud (caso de abortos no punibles)”, la pieza dispone que en caso de niñas embarazadas por violación o peligro vital y de ella manifestar que desea interrumpir su embarazo las autoridades de salud deberán informar al Ministerio Público y al juez competente, para documentar la petición y tener “una respuesta institucional”.

“El juez de niños, niñas y adolescentes, con visto bueno del Ministerio Público, podrá emitir una opinión urgente dirigida al Poder Ejecutivo y Legislativo sobre el caso, como insumo para eventuales decisiones humanitarias (por ejemplo, un indulto anticipado si se practicara el aborto por salvar la salud mental de la niña)”, dice la pieza presentada por la diputada de la provincia San Cristóbal, Margarita Tejada de la Rosa y firmada por otras 35 legisladoras.

La pieza fue nombrada como “ley orgánica que crea el Sistema Nacional de Protección Integral para Víctimas de Violencia y Coerción Reproductiva (snpivef), coordinado por el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (Conani), para garantizar rutas diferenciadas de atención a niñas y adolescentes, la actuación médica de emergencia bajo estado de necesidad y la tutela reforzada del interés superior del niño”.

El anteproyecto de ley específica, además de que cuando la menor sufre “preeclampsia severa” y se le practique un aborto, el mismo será considerado indirecto y no punible.

El médico actuante deberá documentar detalladamente las razones y comunicarlo de inmediato a la autoridad judicial para su conocimiento.

“Esta ley manda al Ministerio Público a abstenerse de perseguir penalmente a profesionales de la salud o a la propia menor cuando la interrupción del embarazo derive de acciones médicas justificadas por salvar su vida o evitarle un daño grave permanente. Se consagra así el principio de no criminalización de las emergencias obstétricas”, dice la pieza.

Sumado a esto, el aborto espontáneo, incompleto o inducido (legal o ilegal) que atiendan los centros de salud en adolescentes, deberán permanecer de manera confidencial y está prohibido “detener o denunciar a la menor paciente por el hecho de haber abortado; el rol del personal de salud es salvar su vida y brindarle consejería, no actuar como policía”. (LD-yd)

 

 

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