Caso Calamar: Jueza emite fallo sobre coerción a imputados

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Caso Calamar: Jueza emite fallo sobre coerción a imputados

La jueza Kenya Romero, coordinadora de los Juzgados de Instrucción del Distrito Nacional, conoce en estos momentos la audiencia donde dará a conocer el fallo de la medida de coerción contra 19 de los 20  imputados en la Operación Calamar. Mientras que la decisión en torno a la acusada Ana Linda Fernández, se dará a las 3:00 de la tarde.

¿A quiénes el MP le pide prisión preventiva? 

La prisión preventiva por 18 meses fue solicitada contra los exministros de Hacienda, Donald Guerrero; administrativo de la Presidencia, José Ramón Peralta y de Obras Públicas Gonzalo Castillo.

También, contra el excontralor general de la República, Daniel Omar Caamaño, el exdirector del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), Luis Miguel Piccirilo y Aldo Antonio Gerbasi.

Los que negociaron con el Ministerio Público

Mientras que para los encartados que han admitido su participación en esta «estructura corrupta» y lograron un acuerdo con el órgano de justicia, se solicitó una medida de coerción diferente.

Entre ellos se cuentan: el exdirector de Catastro Nacional, Claudio Silver Peña, los exdirectores de Casinos y Juego de Azar, Oscar Chalas Guerrero y Julián Omar Fernández, Ángel Lockward, Alejandro Constanzo, Roberto Santiago Moquete, Marcial Reyes, Ana Linda Fernández, Emir Fernández de Paola, Oscar Chalas Guerrero, Rafael Parmenio Rodríguez, Agustín Mejía Ávila y Víctor Matías Encarnación.

Así como también Yahaira Brito Encarnación y Ramón David Hernández.

El expediente presentado por el Ministerio Público posee más de tres mil páginas y «más de 1,200 elementos de pruebas, las cuales detallan cómo los miembros de esta red sustrajeron más de 17 mil millones de pesos al Estado por expropiaciones, los cuales sumados a unos 2,100 millones en deuda administrativas totalizan más de 19 mil millones».

La imputación preliminar del Ministerio Público en contra de los arrestados incluye conductas tipificadas en el artículo 146 de la Constitución de la República, así como los artículos 123, 166, 171, 172, 174, 175, 177, 265, 266, y 405 del Código Penal.

También, violaciones a las leyes 448-06 y 311-14, además de la Ley 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y la Ley 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

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Fuente: Hoy