Esta semana se celebró FITUR en Madrid, un evento trascendente para nuestra principal actividad económica, tanto que el presidente Abinader asistió; sin embargo, la opinión pública nacional en lo que estuvo enfocada, muy críticamente, fue en las falencias que le endilgan al Fideicomiso Público de la Termoeléctrica de Punta Catalina (CTPC), la principal planta generadora a base de carbón, construida en la Administración pasada por Odebrecht, con ahorro interno.
Con críticas – a la Constructora – o sin ellas, es un bien público importante valorado en más de tres mil millones de dólares, que ya está ahí, operando y nadie duda que rentablemente, puesto que produce energía más barata que el resto del sistema, por eso pocos entienden que requiera de un fideicomiso para su manejo y, sobre todo, no comprenden su – supuesto – traspaso – por errores del contrato – al sector privado que no aportará un centavo: En la opinión pública, el pleito político ya se perdió, sin necesidad, puesto que nadie se opone al Fideicomiso Público para la Gerencia de la planta.
Las críticas, con razón, apuntan a que si bien la figura del fideicomiso público con el Banco de Reservas como fiducia, es lo que declaran el decreto y el contrato, en las letras pequeñas entrarán fideicomitentes adherentes que sin control, a cambio de centavos, terminarán apropiándose de la planta: Esa es una posibilidad que debe ser eliminada estableciendo, primero el valor actual de mercado y segundo, que estos nunca podrán adquirir más del 25% del Fideicomiso por aportes líquidos, no en bienes.
A muchos les preocupa que el Comité Técnico, en un contrato de 30 años, tenga nombres y apellidos y se imaginan a Celso Marranzini, quien este mes cumplió 70 años dirigiendo CTPC, a los 100 años o dejando el puesto en herencia a su hijo; el rechazo a esos nombres es tal que en él han coincidido todos los críticos un poco injustamente, pues el contrato no establece para ellos una duración de tres décadas, el Fideicomitente puede cesarlos en cualquier momento pues su duración es indefinida: Pero hay temor de que utilicen el poder económico que manejan para perpetuarse, sobre todo porque, insólitamente, ellos pueden designar sus suplentes, como si se tratara de una empresa familiar.
Si el Comité Técnico, que es el problema mayor no está compuesto por altos cargos del Estado, como son los ministros de Hacienda, Economía, Energía e Industria y Comercio – como debió ser – y uno o dos del sector privado, no debieron estar en el contrato los nombres, pues tratándose de un Fideicomiso Público, debieron ser designados después de ratificado el contrato por el Fideicomitente, es decir, el Estado por el término normal de cada periodo gubernamental como funcionarios públicos sujetos al control establecido en la norma: Como esta le está dando una licencia de corso sin régimen de control y responsabilidad pública, algo nefasto.
El Fideicomiso Público es una figura poco regulada por nuestra normativa que en este caso reúne bienes y derechos públicos, por ello excluirlo del control de los bienes públicos que representan el Congreso Nacional, la Cámara de Cuentas, la Contraloría General de la República y Contrataciones Públicas, es contrario a las leyes y a la Constitución, incluido el tema del endeudamiento con cargo a bienes públicos como garantía, atribución que el Legislativo no puede delegar: Eso no pasa el test de constitucionalidad.
El Contrato, en interés de evadir su naturaleza de Contrato Administrativo entre entes públicos o de propiedad estatal, se remite a la jurisdicción común…o la competente, sin indicar cuál, generando más sospechas: Es competencia de la jurisdicción contenciosa administrativa.
El objeto del contrato establecido en la cláusula 6.1 está conforme al interés del Presidente Abinader y, es juicioso igual que lo es la participación del Banco de Reservas y su fiducia como Gestora Fiduciaria, pero el desarrollo del contrato es contrario – en términos de derecho público – al ordenamiento jurídico, por lo que, siendo que eso no es urgente y, en este caso la prisa ha sido mala consejera, sugiero que el Poder Ejecutivo retire para modificar las cláusulas que corresponda, el Contrato de Fideicomiso Público de la Termoeléctrica de Punta Catalina y lo reintroduzca corregido, cuidando que no colidan con la Carta Política a los fines de que no vaya luego a ser declarada su nulidad. Por: Ángel Lockward [Listín Diario]