Realmente y desde que se hace un estudio y evaluación concienzudo sobre la estructura formativa en sí del nuevo Código Penal reformado, se debe llegar a la conclusión, de que es una pieza inmejorable con relación al viejo código que estuvo en vigor desde el 1844 y sí partimos del hecho, que el mismo fue actualizado dentro del esquema de evolución jurídica que leyes y textos legales han confrontado a lo largo de los últimos 182 años.
Por lo tanto y desde esa perspectiva, es evidente que se ha dado un salto cualitativo y cuantitativo dirigido a contribuir a la implementación de parámetros legales acorde a los tiempos que se viven y que por lo tanto, es provechoso.
Sin embargo, es una lástima, que una pieza jurídica tan trascendente, el ánimo delincuencial de ciertos legisladores enemigos del libre ejercicio de un sistema democrático funcional y en el que prima el ejercicio de la libertad de critica y como fundamento del ejercicio de la libertad de prensa y sus relacionados, de los ejercicios de palabra y de conciencia, se haya distorsionado y con evidentes muestras tan desacertadas de clientelismo político-jurídico motivado por una mayoría de legisladores analfabetos en la materia y quienes por el solo interés de silenciar a sus críticos, no han tenido el menor escrúpulo en afectar abusivamente la libre expresión.
Y es ahí, al llegar a este punto tan distorsionado, que las criticas han estallado desde todos los sectores ciudadanos y quienes en gran mayoría, entienden, que esa parte del Código Penal que entrará en vigor dentro de 39 días, es el más terrible accionar anti democrático perpetrado por el nicho de legisladores delincuentes que el narcotráfico y como el lavado de activos y el sicariato, logró imponer como legisladores y con el disfraz y en la mayoría de los casos, de dueños o voceros del negocio de las apuestas y los juegos de azar y su relacionado directo del financiamiento via capos del narco.
Si se entiende esta realidad, no hay que ser docto en leyes y para considerar al Código Penal, como el más grave peligro institucional latente que en algún momento, delincuentes disfrazados de senadores y diputados, se hubiesen atrevido y que entendemos que ha ocurrido, por la permisividad y complicidad de políticos y sus lideres desde el sector de poder arbitrario y nada constitucional de la partidocracia, donde la peor federación de partidos delincuentes ha logrado secuestrar las instituciones nacionales y a la misma República y desde hace 65 años.
Esto es tan así, que cuando se relee el nuevo Código Penal, nos encontramos, con que ya establecido y habiéndolo firmado el Poder Ejecutivo para su aplicación en determinado tiempo, el mismo no puede ser retirado para que se pueda hacer una revisión al completo de los capítulos dispares de afectación constitucional y sí, que el único camino que queda es esperar su puesta en vigor y para que luego, desde el Congreso Nacional se pueda hablar de revisión de su texto.
¿Qué significa esto? Que desde el momento de su entrada en vigor, ahí mismo, los “espíritus animosos” que están detrás de descalabrar la libre expresión y fundamentalmente desde la comunicación en las redes sociales, sus restricciones puedan ser aplicadas ipso facto y que provocaría una de apresamientos e imputaciones contra comunicadores en las redes sociales y no tanto en el ejercicio periodístico profesional, donde hay y por parte de sus oficiantes y profesionales, un entendimiento correcto del peso de la libertad de crítica en consonancia con al ordenamiento legal y moral existente.
Entonces y al recordar este hecho, que quisiéramos entender, que si el presidente de la República se encontrara embargado de la mejor buena voluntad, que por sentido político pragmático y decencia política y personal y en aras de la paz social, de alguna manera, su docto consultor jurídico Subero, elabore un accionar alternativo preventivo, que condicionara la puesta en vigor del CP para que al minuto de estar en vigor, automáticamente sea remitido a la secretaría del Congreso Nacional y para su reformulación exhaustiva, postergando su entrada definitiva en vigor, a la solución que ofrezca el debate técnico-legislativo al que apelamos.
Enfatizamos en este tipo de salida salvable, a la trampa “técnica” que los revisores del Código Penal y el que en principio fue aprobado por los legisladores y si se quiere evitar una seria como delicada situación de conflicto social y la que ya ha aumentado sensiblemente y si también se tiene en cuenta que la mayoría de los comunicadores voceadores en las redes sociales, carecen de la formación jurídica necesaria para entender las sutilezas de la reforma de textos jurídicos indecentemente redactados y para ocasionar el mayor daño social posible y por eso de los desbarres continuos que cometen.
En otras palabras. Abogamos, porque el sentido común más la inclinación por lo correcto, anime al Poder Ejecutivo a entender, que los legisladores que controla y en cierto modo irrespetándole, le enviaron un proyecto de ley de reforma del Código Penal, que realmente atenta contra principios esenciales de la libre convivencia y al derecho ciudadano a ejercer la libertad de critica contra el accionar de los funcionarios públicos en los tres poderes del Estado y para no hablar de la aberración que significa, que los desalmados legisladores se atrevieron a colocar el llamado “delito de la tardanza” aplicado al juez actuante que no lo hubiese emitido una sentencia dentro del tiempo que los legisladores entienden que debería de hacerse.
De este modo y en materia general, entendemos, que si bien el nuevo código penal reformado y haciendo abstracción de los artículos anticonstitucionales que contiene, es uno que debe aplaudirse, pues coloca la realidad jurídica dominicana al tiempo exacto de evolución que el ejercicio de la justicia penal tiene en la mayoría de las naciones y ni hablar, de que si el pleno del Tribunal Constitucional se desprendiera de la aplastante “libertad verificadora” que tiene de sus decisiones el Poder Ejecutivo, perfectamente que pudiera contribuir y eficazmente, a la reformulación de los textos en discusión dentro del nuevo Código Penal reformado.
Hablamos y no tanto cono periodista-analista político y ni siquiera como conocedor de la aplicación del derecho y sí como ciudadano que cree en la protección de las libertades públicas y como periodista con 60 años de ejercicio y 54 años como analista político de Estado, que ha visto discurrir el nacimiento y ejercicio de las tres nuevas generaciones que heredaron la nación de manos de otras anteriores y a partir del 1961. Haciéndonos manifestar, que nuestra esperanza es, que el Poder Ejecutivo haga caso a las observaciones que se han hecho y que imponga su buena voluntad para que el código de los legisladores delincuentes no arrastre a la nación hacia una posible lucha fratricida.
Pues el problema, no es tanto el gobierno en sí como factor de desestabilización constitucional y sí el Poder Legislativo, cuyos miembros y en mayoría aplastante, quieren imponer normativas seudos legales para aplastar la libertad de crítica y de expresión. A parte de esto, todo lo otro en el Código Penal reformado, sería manejable. Con Dios, (DAG) 25.06.2026





