El Tribunal Constitucional exhortó al Congreso Nacional que legisle para que establezca un procedimiento más razonable y sencillo para apelar las sentencias que desestiman el habeas corpus.
El Tribunal Constitucional sugiere se apruebe un procedimiento cónsono a los principios del plazo razonable, sencillez o informalidad, sumariedad y rapidez, considerando una duración máxima de 30 días entre la interposición del recurso, su sustanciación y la emisión del fallo.
La Alta Corte acogió una acción directa de inconstitucionalidad presentada por el ciudadano Rainieri Cabrera contra el párrafo del artículo 386 de la Ley número 76-02, que instituye el Código Procesal Penal, introducido con la modificación realizada a través de la ley 10-15, del 10 de febrero de 2015.
Declaró esa disposición legal “no conforme con los artículos 69.2 y 71 de la Constitución dominicana, contentivos de los principios de plazo razonable, sencillez o informalidad, efectividad, rapidez y sumariedad en materia de habeas corpus”.
A su vez, difirió los efectos de la inconstitucionalidad declarada por el término de un año, computable a partir de la notificación de esta sentencia, cuyo dispositivo fue publicado en el comunicado 69-23.
Exhortó al Congreso Nacional para que en un plazo no mayor de un año legisle en el sentido de modificar el párrafo del artículo 386 de la Ley 76-02.
Ordenó la notificación de la sentencia, por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar al accionante, Rainieri Cabrera, a la Procuraduría General, a la Cámara de Diputados y al Senado de la República.
La Constitución dispone, en el artículo 71, que “Toda persona privada de su libertad o amenazada de serlo, de manera ilegal, arbitraria o irrazonable, tiene derecho a una acción de hábeas corpus ante un juez o tribunal competente, por sí misma o por quien actúe en su nombre, de conformidad con la ley, para que conozca y decida, de forma sencilla, efectiva, rápida y sumaria, la legalidad de la privación o amenaza de su libertad.”
Procedimiento ordinario
El código procesal penal contempla el mismo procedimiento ordinario para apelar los fallos de habeas corpus, establecido entre los artículos 416 al 424.
Establece un plazo de 10 días para recurrir la decisión, otro de 5 días para que las demás partes presenten un escrito, y luego la Secretaría del tribunal remita el expediente a la Corte de Apelación para que decida. La Corte de Apelación tiene un plazo de 10 días para fijar audiencia, la que debe realizarse dentro un período no menor de 5 días, ni mayor de 10. Indica que los jueces deciden el recurso al concluir la audiencia o dentro de los 10 días siguientes, en caso de imposibilidad por la complejidad del asunto.
Mes de la constitución
Con el objetivo de conmemorar el 179 aniversario de la Carta Magna, el TC celebrará en noviembre el “Mes de la Constitución”, con una serie de actividades patrióticas, culturales, educativas y deportivas
El programa diseñado por la Comisión Organizadora coordinada por el magistrado Justo Pedro Castellanos Khoury, iniciará con la Gala por la Constitución, a realizarse el miércoles 1 de noviembre en la sala Carlos Piantini del Teatro Nacional Eduardo Brito, dedicada al cantautor Víctor Víctor.
El viernes, 3 de noviembre, se realizará un acto de enhestamiento de la bandera nacional en el frontispicio de la sede de la institución. El lunes 6 está programada una audiencia solemne en el Auditorio Menor Profesor Amarabis Suero, del Instituto Politécnico Loyola, en San Cristóbal, ciudad considerada Cuna de la Constitución.
El miércoles 8 se llevará a cabo la Jornada de Lectura por la Constitución, en la que estudiantes de diferentes centros de educación públicos y privados leerán los 277 artículos del texto sustantivo, en el Auditorio del Pabellón de la Fama del Deporte Dominicano, ubicado en el Centro Olímpico Juan Pablo Duarte. [OJO-LD-wm]