Una ley hija de un gobierno de facto que mandaba mediante decreto-ley porque no había Congreso Nacional, no es una ley legítima

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Esa Ley núm. 5880, que establece penas sobre las alabanzas y elogios al régimen de Trujillo, del 30 de mayo de 1962, es una ley totalmente ilegitima y como tal debió de haber sido revisada y al igual que todas las leyes emitidas por los gobiernos de facto del Consejo de Estado y del Triunvirato y para que fuera legal, haber sido ratificada por el Congreso Nacional y lo que nunca sucedió.

Por lo tanto, la sentencia del Tribunal Constitucional que dice declarar “conforme con la Constitución de la República, la Ley núm. 5880” es totalmente atentatoria al Estado de Derecho y debe ser revisada por la única autoridad que puede decidir sobre su dudosa legalidad y falta de legitimidad y que es el Congreso Nacional.

Ese mamotreto jurídico fue hecho en momentos que al país le azotaba la artificial ola de antitrujillismo  que las llamadas diez familias y encabezada por la Vicini había generado y como vehículo para justificar todos los latrocinios y robos que se dieron en el lapso junio 1961 a  junio de 1966 y que es hora de que la misma sea revisada y para evitar que el Tribunal Constitucional continue cometiendo disparates y como ese recién, de rechazar una acción directa de inconstitucionalidad contra la ley 5880.

No se entiende, que los jueces del TC y sabiendo que la referida ley no es más que el producto de un decreto-ley, hayan caído en el despropósito de darle veracidad a una ley que no es tal y por no haber sido pronunciada en un periodo de gobierno constitucional. (DAG-OJO)